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  • desalojo propio, como sigo?

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 #241778  por cristina1
 
En el año 2004, inicie un desalojo por falta de pago, el inquilino ante el traslado de la demanda se fue.
Solicite mandamiento de constatación y tenencia provisoria, el cual me fue concedido.
La oficial de justicia era una vieja que a todos los abogados les ponia un pero para no realizar la diligencia.
El contrato vencio en ese interin.
Para no seguir con el departamento vacio, entre y lo volví a alquilar.
Como el locatario no tenía nada para cobrarle lo deje así.

Ahora bien, dicho locatario tiene un empleo, razón por la cual decidí ejecutarle los alquileres adeudados.

Con el desalojo que hago, si le pido la rebledía: lo tengo que notificar.
Se puede presentar y oponerse y pedir caducidad.
Esto para poder cobrarle los honorarios del desalojo.

La otra que me queda es desistir, cosa que también tengo que notificar, toda vez que el demandado se encontraba notificado, pero no se presento a contestar demanda.

Ayuda, cosa propia marea.

Saludos
 #241865  por cristina1
 
Nadie?

En el año 2004, inicie un desalojo por falta de pago, el inquilino ante el traslado de la demanda se fue.
Solicite mandamiento de constatación y tenencia provisoria, el cual me fue concedido.
La oficial de justicia era una vieja que a todos los abogados les ponia un pero para no realizar la diligencia.
El contrato vencio en ese interin.
Para no seguir con el departamento vacio, entre y lo volví a alquilar.
Como el locatario no tenía nada para cobrarle lo deje así.

Ahora bien, dicho locatario tiene un empleo, razón por la cual decidí ejecutarle los alquileres adeudados.

Con el desalojo que hago, si le pido la rebledía: lo tengo que notificar.
Se puede presentar y oponerse y pedir caducidad.
Esto para poder cobrarle los honorarios del desalojo.

La otra que me queda es desistir, cosa que también tengo que notificar, toda vez que el demandado se encontraba notificado, pero no se presento a contestar demanda.

Ayuda, cosa propia marea.

Saludos[/quote]
 #241959  por cristina1
 
Ahora tengo otro desalojo también mio, y está declarado rebelde y como de puro derecho, ayer me entrego la llave y le hice firmar a la concuvina un escrito donde consta que me entrega la llave y el inmueble libre de ocupantes y objetos.
El tipo no quiere dar la cara.
Presento un escrito acompañando el recibo de la llave y toda vez que deviene abstracta la cuestión que pido?

Saludos[/quote][/quote]
 #241974  por abogado1987
 
cristina1 escribió:Ahora tengo otro desalojo también mio, y está declarado rebelde y como de puro derecho, ayer me entrego la llave y le hice firmar a la concuvina un escrito donde consta que me entrega la llave y el inmueble libre de ocupantes y objetos.
El tipo no quiere dar la cara.
Presento un escrito acompañando el recibo de la llave y toda vez que deviene abstracta la cuestión que pido?

Saludos
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cristina1, acompañaría las llaves en el expediente + relato de los hechos y solicitaría mandamiento de acuerdo al art. 1564 del CC

1564. Abandonando el locatario la cosa arrendada sin dejar persona que haga sus veces, el locador tendrá derecho para tomar cuenta del estado de ella, requiriendo las correspondientes diligencias judiciales que fueren necesarias, quedando desde entonces disuelto el contrato.