En el año 2004, inicie un desalojo por falta de pago, el inquilino ante el traslado de la demanda se fue.
Solicite mandamiento de constatación y tenencia provisoria, el cual me fue concedido.
La oficial de justicia era una vieja que a todos los abogados les ponia un pero para no realizar la diligencia.
El contrato vencio en ese interin.
Para no seguir con el departamento vacio, entre y lo volví a alquilar.
Como el locatario no tenía nada para cobrarle lo deje así.
Ahora bien, dicho locatario tiene un empleo, razón por la cual decidí ejecutarle los alquileres adeudados.
Con el desalojo que hago, si le pido la rebledía: lo tengo que notificar.
Se puede presentar y oponerse y pedir caducidad.
Esto para poder cobrarle los honorarios del desalojo.
La otra que me queda es desistir, cosa que también tengo que notificar, toda vez que el demandado se encontraba notificado, pero no se presento a contestar demanda.
Ayuda, cosa propia marea.
Saludos
Solicite mandamiento de constatación y tenencia provisoria, el cual me fue concedido.
La oficial de justicia era una vieja que a todos los abogados les ponia un pero para no realizar la diligencia.
El contrato vencio en ese interin.
Para no seguir con el departamento vacio, entre y lo volví a alquilar.
Como el locatario no tenía nada para cobrarle lo deje así.
Ahora bien, dicho locatario tiene un empleo, razón por la cual decidí ejecutarle los alquileres adeudados.
Con el desalojo que hago, si le pido la rebledía: lo tengo que notificar.
Se puede presentar y oponerse y pedir caducidad.
Esto para poder cobrarle los honorarios del desalojo.
La otra que me queda es desistir, cosa que también tengo que notificar, toda vez que el demandado se encontraba notificado, pero no se presento a contestar demanda.
Ayuda, cosa propia marea.
Saludos