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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #24061  por Delia
 
a las preguntas anteriores, es verdad que tiene que pagar la deuda si tiene una pensiòn de contado, salvo que cuando le otorguen el beneficio y vaya al banco, y le salga pago suspendido, iniciar RECURSO DE AMPARO.-ESO ES LO QUE CREO PARA EL CASO DE LAS PENSIONADAS.-
O UNA ACCION MERE DECLARATIVA.-
delia
 #24248  por pablojavier
 
Delia, yo he enviado los planes antes de iniciar una acción judicial, y salen aprobados pero con pagos suspendidos. Lo que estoy haciendo es interponer medidas meres declarativas con medida cautelar
Última edición por pablojavier el Dom, 06 May 2007, 19:29, editado 1 vez en total.
 #24249  por Delia
 
pablojavier escribió:Delia, yo he enviado los planes antes de iniciar una acción judicial, y salen aprobados pero con pagos suspensivos. Lo que estoy haciendo es interponer medidas meres declarativas con medida cautelar
pablo javier, seria muy engorroso enviarme un ejemplo de mere declarativa, si asì no lo fuera te lo agradecería.-Delia.-
 #24257  por rubyport
 
Delia escribió:
pablojavier escribió:Delia, yo he enviado los planes antes de iniciar una acción judicial, y salen aprobados pero con pagos suspensivos. Lo que estoy haciendo es interponer medidas meres declarativas con medida cautelar
pablo javier, seria muy engorroso enviarme un ejemplo de mere declarativa, si asì no lo fuera te lo agradecería.-Delia.-
Si no es mucha molestia tambien me gustaria verla, gracias.-

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 #24291  por SIL.PE
 
pablo o alguien q sepa,el tema de los amparos,....se presentan,si salen a favor anses apela,pasa a 2ª instancia y si sale a favor anses vueve a apelar....entonces les pregunto:
1)se termina en la corte suprema de la nacion (capital federal)
2)alguien tiene idea cuanto demora aproximadamente,

3)que gastos adelantados se le solicita al cliente?????????

 #24297  por liabaires
 
alguien que pueda colgar un modelo de mere declarativa?? porque lo que circulan son amparos, y seria bueno tener alguno , gracias.-
 #24637  por pablojavier
 
MIRA TENGO ENTENDIDO POR OTROS COLEGAS QUE YA ANSES EMPEZO A APELAR, NO TENGO NOTICIAS DE LA RESOLUCIONES SI HAN SALIDO EN SEGUNDA INSTANCIA. SUPONGO QUE SERÁ ALGO PARECIDO A LO DEL CORRALITO, SE TENDRÁ QUE PLANTEAR EN LA CORTE. HASTA DONDE YO SE EN PRIMERA INSTANCIA HAN SALIDO CASI TODOS FAVORABLES. SERIA BUENO SI ALGUIEN YA ESTA AVANZADO EN ESTA CUESTION NOS VAYA RELATANDO COMO SE VAN SUCEDIENDO LAS COSAS PARA PODER HACER TODOS CAUSA COMUN.
SIL.PE escribió:pablo o alguien q sepa,el tema de los amparos,....se presentan,si salen a favor anses apela,pasa a 2ª instancia y si sale a favor anses vueve a apelar....entonces les pregunto:
1)se termina en la corte suprema de la nacion (capital federal)
2)alguien tiene idea cuanto demora aproximadamente,

3)que gastos adelantados se le solicita al cliente?????????

 #24644  por Lu
 
Liabaires!
a dónde hay modelos de amparos? yo pedí que me pasaran uno y no tuve éxito!! me pasarías vos uno!?
Lu

 #24645  por Lu
 
Liabaires!
a dónde hay modelos de amparos? yo pedí que me pasaran uno y no tuve éxito!! me pasarías vos uno!?
Lu

 #24706  por Milka
 
EN ALGUNA PARTE DEL FORO, UNOS MESES ATRAS, HABIA VISTO QUE PUBLICARON UN MODELO DE AMPARO, SI LO ENCUENTRO, SE LOS TRANSCRIBO Y PASO, MIENTRAS TANTO, LES PASO EL MATERIAL QUE DISPONGO, ESTO ES LO QUE HABIA GUARDADO EN MI COMPU, Y LO HABIA SACADO DE ALGUNA PARTE DEL FORO. ALGO ES ALGO. SALUDOS!!

1) el problema con las pensiones x fallecimiento surge después del 24 de octubre de 2006 por tanto, si adquirió el derecho a acogerse a la ley con anterioridad a esta resolución de ANSES; solamente hacé valer el derecho adquirido, que no puede ser vulnerado por una ley porterior (y mucho menos una circular interna de un organismo). Yo lo haría mediante una simple nota dirigida al area computos de la UDAI, donde se mensione de la fecha de pago de la cuota y la fecha de solicitud del turno (o envio del plan, en caso de web). Tal vez esto sea suficiente, si encuentro una negativa, escucharía el argumento y si no es válido, ahí si amparo.
Resumiendo: Hacé una nota dirigida a quien firmó el rechazo o al area de legales, alegando el derecho adquirido, porque hacer un recurso de amparo en este caso es querer matar una hormiga con una granada.

2) Si yo tengo que hacer un amparo en este tema lo fundaría en lo siguiente:* igualdad entre iguales (nose puede jubilar una pensionada si y otra no durante la vigencia de la misma ley)
*derecho adquirido.
*y fundamentalmente que una resolucion o circular interna de un organismo descentralizado no puede coartar los derechos otorgados por UNA LEY NACIONAL
3) Creo que la funcion de la circular era disminuir el caudal de gente y se logró pero tambien pienso que todos los que hayan hecho el primer pago ( y hasta los casos con pensión) van a poder acogerse a la ley aunque sea con amparo.
4) Es un amparo simple, no hay modelos esotericos lo importante es fundarlo en derechos constitucionales y procede. Es más ya debe existir algún presedente
:roll:

 #24786  por liabaires
 
si alguien me explica como hacer, envio los que tengo que consegui de otros colegas foristas.-Perdon por mi poca destreza en esas cosas.- Saludos