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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #243437  por Carlah
 
Queridos Colegas, disculpen mi ignorancia pero siempre me queda la duda con esto. Despues de un despido, si en la carta documento le ponen al despedido "haberes y certificados art. 80 a su disposicion", conviene que vaya a cobrar lo que haya, y se compute a cuenta de lo que haya que reclamar despues, y que le den certificado, o directamente que no vaya? Puede perjudicarlo en algo esto? Muuuuchas gracias. :oops:
 #243453  por sergiosky
 
que vaya y retire lo que haya, luego se intimará por las diferencias salariales.