Tengo el siguiente caso, lo que me preocupan son las fechas...
En el año 2004 se firma un cto. de locacion comercial.
El 4 de agosto de 2005 se firma un convenio de entrega de llaves y rescision de cto. de locacion. Reconociento el locatario una deuda de 2500 pesos, y forma de pago.
El 25 de Julio de 2005 se lo intima por CD por incumplir el convenio. La CD nunca se fue a buscar al correo.
El 24 Agosto de 2006 se envio otra CD la que recibió. Pero nunca abono la deuda.
De inciar HOY acciones legales... cual seria la materia? porque las relaciones contractuales prescriben a los 10 años... pero el cobro ejecutivo de alquileres a los dos no? En su caso, las CD interrumpen o no la prescripcion?
En el año 2004 se firma un cto. de locacion comercial.
El 4 de agosto de 2005 se firma un convenio de entrega de llaves y rescision de cto. de locacion. Reconociento el locatario una deuda de 2500 pesos, y forma de pago.
El 25 de Julio de 2005 se lo intima por CD por incumplir el convenio. La CD nunca se fue a buscar al correo.
El 24 Agosto de 2006 se envio otra CD la que recibió. Pero nunca abono la deuda.
De inciar HOY acciones legales... cual seria la materia? porque las relaciones contractuales prescriben a los 10 años... pero el cobro ejecutivo de alquileres a los dos no? En su caso, las CD interrumpen o no la prescripcion?
En período esponja de conocimientos.-