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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #243451  por valgarcia73
 
Mi Colegio de Abogados me encomenó un alimentos por incumplimiento de cuota alimentaria, la pregunta es, tengo que pagar bono y ius (creo que no) pero si alguien ya tuvo la experiencia de patrocinar a alguien sin recursos me puede orientar mejor, otra cuestión, una vez terminado el tema puedo cobrar honorarios a la contraria de mi clienta? (Contraparte es el demandado)
Mil gracias por adelantado.
 #243474  por optimista
 
Hola valgarcia73: No tenés que pagar ni Bono ni Jus (acompañá al expediente la designación hecha por el Colegio). Si ganás el juicio, podés cobrar los honorarios regulados a la contraparte.- Saludos.-
 #243586  por msal
 
Yo tuve uno hace poco, y si bien iba por el patrocinio gratuito, en el primer despacho el juez me intimo a pagar el bono e ius. Ante ello, presenté un escrito en donde le volvia a decir que iba por el patrocinio juridico gratuito, y que a fs. "X" estaba la carta por la cual el colegio de abogados me designaba como letrado de parte. Con eso dio vuelta lo antes resuelto y me eximió del pago. En cuanto a los honorarios, si bien tenes derecho a cobrarlos, tené en cuenta que la otra parte es muy probable que vaya a la defensoria, para que esta lo patrocine y por lo tanto tampoco deba pagar nada. Si en cambio va con abogado particular, ahí si tendrá que pagar las costas del juicio.
Suerte,
msal
 #245339  por valgarcia73
 
Gracias, una duda más y disculpen tantas dudas, pero para iniciar ejecución de cuota alimentaria tengo que volver a sortear en receptoría? con la planilla de flia? o la presentación se hace en el expte. del Tribunal de Flia. donde se homologó el convenio originario? No me queda muy claro esto. Saludos a todos.
 #245383  por optimista
 
No hace falta iniciar otro expediente. En el que ya iniciaste, practicá liquidación de lo adeudado, corré traslado, y una vez aprobada intimá el pago y en caso de no cumplir el alimentante pedí Mandamiento de Embargo. Todo en el mismo expediente.-
 #245951  por Pato272727
 
queda claro que lo tuyo sería ejecución de alimentos y no juicio de alimentos. digo no sea cosa que pidas lo que no es. Ya que estas metele en aumento. Fijate que en alimentos las costas siempre (salvo temeridad) son al alimentante para no menguar la cuota.