Mi Colegio de Abogados me encomenó un alimentos por incumplimiento de cuota alimentaria, la pregunta es, tengo que pagar bono y ius (creo que no) pero si alguien ya tuvo la experiencia de patrocinar a alguien sin recursos me puede orientar mejor, otra cuestión, una vez terminado el tema puedo cobrar honorarios a la contraria de mi clienta? (Contraparte es el demandado)
Mil gracias por adelantado.
Mil gracias por adelantado.