Estimados foristas: tengo una cliente que quiere comprar un terreno. La vendedora fue adquirente en el marco de la ley de venta de inmuebles en lotes y a plazos del años 1954 por boleto. Se pagaron todas las cuotas. Hoy..despues de más de 50 años lo quiere vender pero nunca escrituró y no encuentra al titular registral ni al intermediario que le cobraba las cuotas. Se me ocurre solicitar al juez la escrituración judicial a favor de mi cliente. Pero...la vendedora compró estando casada y su cónyuge falleció el año pasado. Quienes le deberían vender a mi cliente son la vendedora en su carácter y la misma con sus hijos (en su carácter de herederos del prefallecido cónyuge)???? Necesito primero hacer la declaratoria y recién entonces solicitar la escrituración? Help please!!!!!