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  • Embargo a trabajador de la construccion

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #245323  por Lynn Marchmontt
 
Consulté esto en el foro de Familia pero no tuve suerte con las respuestas por eso intento acá a ver si alguno tiene idea: tengo que embargar el sueldo de un trabajador de la construccion por una cuota alimentaria...oficio a la empresa que lo contrató...pero qué pasa cdo termina su relacion laboral con esa empresa??...hay algun modo de embargarle el sueldo independientemente de la empresa que lo contrate??...Desde ya, muchas gracias.-
 #245341  por laulau
 
Hola: tenés que oficiar al empleador como en caulquier empleo. Nunca hay modo de embargar cualquiera sea la empresa, por cada empleo va un nuevo embargo. Laura
 #245426  por pirfi
 
Hola, en principio a tu pregunta la respuesta es no, vas a tener que oficiar a cada empresa en donde trabaje, no solo eso si no que vas a tener que denunciar en el expediente cada ves que te enteres de que esta en un nuevo trabajo para solicitar el respectivo embargo y una ves que te lo provean diligenciar el oficio correspondiente para que le retengan el dinero y lo depositen en una cuenta a nombre de los autos que tramitas, el problema es que si realmente no quiere pasar los alimentos, cuando se sienta acorralado lo que va a hacer es intentar trabajar en negro para que no le descuenten dinero de su sueldo y no le van a faltar empleadores para tal cometido.
Espero que mi opinion te halla servido de algo igual espera otras opiniones, saludos.
 #246683  por Lynn Marchmontt
 
Agradezco mucho sus respuestas, sigo preguntando: el expte tramita en pcia y ya se dio por concluida la etapa previa. Yo, para hacer la demanda, quisiera saber cuánto es lo que está cobrando para pedir un porcentaje...mi pregunta es: ¿les parece correcto que obtenga esa informacion a traves de un oficio dirigido a la empresa en virtud del art 58 de la ley 5177?
 #247195  por laulau
 
Hola: la verdad que para contestarte eso, tendría que saber un poco más del expediente. Vos tené fijada ya cuota alimentaria? o querés un embargo preventivo?
Si tenés cuota se embargo por el importe de esa cuota. Si tenés deuda de alimentos atrasados, tenés que pedir se embargue por el importe de la cuota más otra suma que designe el Tribunal para cubrir la deuda atrasada (tenés que practicar liquidación). No se, si me das más datos por ahí te puedo responder mejor. Laura