Estimado colegas: voy a continuar un juicio laboral que empezó otro colega al cual el cliente le revocó patrocinio. El tema es que no se bien que hacer dado que la demanda no está bien hecha, a mi criterio .
El tema es que mi clienta trabajó como empleada doméstica con cama durante 17 años en negro, aunque los últimos 2 años más que hacer tareas domésticas cuidaba del padre enfermo de su empleadora casi exclusivamente. En el intercambio telegráfico que hizo el colega se intima a registrar la relación como servicio doméstico, desde 1990 con una remuneración de $ 850. La demandada no desconoce el vínculo, aunque niega la antiguedad y aduce que solo trabajaba 7 horas por día durante 2 días semanales, por lo que no le corresponde el estatuto de sdm.
Ahora bien, el letrado anterior redactó la demanda como de servicio doméstico y la inició en tribunal del trabajo de provincia bs.as.
El problema surge con la liquidación: inexplicablemente lo liquida como si fuese por la LCT, es decir calcula 1 mes de preaviso, 1 mes de sueldo por cada año, etc. Además reclama la indem del art. 8 y 15 de la 24013 (las que además de no aplicarse al sdm según la mayoría, nunca envió telegrama al AFIP), el art. 2 de la 25323 (que creo que tampoco se aplica) y las multas del art. 80 LCT y la doble indemnización!!!!! Todo este disparate suma una liquidación de $ 105.000!!!!!!
A mi me da no se que continuar el juicio con esta liquidación, no se ni con qué cara pasarsela a la contraparte, pareciera que yo la avalara.
Como todavía no se dió traslado de la demanda porque fracasaron las notificaciones, mi pregunta es si puedo enderezar la demanda practicando una correcta liquidación o no me conviene!!!
Escucho consejos...
El tema es que mi clienta trabajó como empleada doméstica con cama durante 17 años en negro, aunque los últimos 2 años más que hacer tareas domésticas cuidaba del padre enfermo de su empleadora casi exclusivamente. En el intercambio telegráfico que hizo el colega se intima a registrar la relación como servicio doméstico, desde 1990 con una remuneración de $ 850. La demandada no desconoce el vínculo, aunque niega la antiguedad y aduce que solo trabajaba 7 horas por día durante 2 días semanales, por lo que no le corresponde el estatuto de sdm.
Ahora bien, el letrado anterior redactó la demanda como de servicio doméstico y la inició en tribunal del trabajo de provincia bs.as.
El problema surge con la liquidación: inexplicablemente lo liquida como si fuese por la LCT, es decir calcula 1 mes de preaviso, 1 mes de sueldo por cada año, etc. Además reclama la indem del art. 8 y 15 de la 24013 (las que además de no aplicarse al sdm según la mayoría, nunca envió telegrama al AFIP), el art. 2 de la 25323 (que creo que tampoco se aplica) y las multas del art. 80 LCT y la doble indemnización!!!!! Todo este disparate suma una liquidación de $ 105.000!!!!!!
A mi me da no se que continuar el juicio con esta liquidación, no se ni con qué cara pasarsela a la contraparte, pareciera que yo la avalara.
Como todavía no se dió traslado de la demanda porque fracasaron las notificaciones, mi pregunta es si puedo enderezar la demanda practicando una correcta liquidación o no me conviene!!!
Escucho consejos...
"Trabaja como si no necesitaras el dinero. Ama como si nunca te hubieran herido y Baila como si nadie te estuviera viendo"