Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • desalojo ¿como hago?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #239893  por perla
 
[quote="leon21"]hola amigos gracias!! , bueno entonces si inicio y luego denuncio expediente de sucesion, por el fuero de atraccion pasaria al juzgado de la sucesion el expediente de desalojo?????

y es verdad que los juzgados han tomado como continuacion de palabra verbal la continuacion del alquiler???

que me asesoran que haga entonces????
la dejamos sin pagar o le cobramos porque hasta que no salga el sucesorio no podemos hacer otro nuevo contrato , pero la idea seria desalojar para poder vender, que me dicen?? gracias desde ya[/quote]


NO, no comparto la opinion de mis colegas, en primer lugar la sucesion tiene fuero de atraccion sobre todas las materias. y en el desalojo tramitan po separado. En segundo lugar los contratos usualmente dicen que si al vencimiento de este las partes no renuevan el contrato esto no implica tácita recunducción, y segunel Codigo Civil en este caso cualquiera de las partes puede resolver el contrato.
Que es lo que quieren tus clientes, eso es lo importante para saber como orientarte
 #239896  por cristina1
 
perla: no comparto tu opinión, el sucesorio ejerce fuero de atracción pasivamente.
Activamente van a sorteo.
Saludos
 #239974  por Sailaw
 
diegogvillamayor escribió:hola, si al inquilino se le vencio el contrato y le siguen recibieno los pagos y el sigue viviendo ahi implica nuevo contrato y como minimo por 2 años mas. Si lo quieren desalojar no reciban mas pagos, aunque si recibieron 1 y le dieron recibo, para mi no lo desalojas mas hasta q se cumpla el nuevo contrato. ya que si quiere te consigan los pagos y listo.
La que no paga si podes intimar por falta de pago.

saludos

Perdón!!!, Diego, creo que antes de contestar deberías estudiar bien la pregunta, y el estado de la jurisprudencia y doctrina al respecto, no se puede ni se debe contestar cualquier cosa, porque estas pasando un papelón vos y al resto de los abogados del portal por arrastre.

Se considerara por jurisprudencia que otorgar recibos con posterioridad al vencimiento del contrato, implica una prorroga mes a mes del mismo, y se puede por ende exigir en cualquier momento la entrega de la unidad locada, una consecuencia de la prorroga de mes a mes, es que con el otorgamiento del recibo del mes subsiguiente al vencimiento implica la baja de la responsabilidad del garante, de allí en adelante.
 #248373  por leon21
 
GRACIAS A TODOS!!!! abogado 1987 .. sailaw GRACIAS !!!, mi pregunta es ahora esta :
no reciben los pagos de la inquilina que ya se le vencio el contrato, se le vencio en septiembre , este mes octubre no se le cobro ni se dio recibo, mi pregunta es sigue en este caso valiendo la garantia hasta que se vaya?????
todavia tampoco se intimo a la misma para que desaloje , porque estamos esperando declaracion de herederos esta bien???
una ves con declaracion de herederos seria tenemos fotocopia del contrato sera valida ??' la inquilina tiene el original , seria desalojo por finalizacion de contrato???? es haci???
desde ya muchas graciasssssssss!!!!


y otra preguntita hay una casa tomada, es decir una persona les alquilo a los que viven ahi aparentemente tendrian contrato, que hacemos le iniciamos desalojo por que seria???? desalojo por intrucion o como ?????