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  • DEUDA CON GARANTIA HIPOTECARIA-LEYES DE EMERGENCIA

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 #248319  por siloski
 
ALGUIEN PODRA AYUDARME?TENGO UN CLIENTE QUE EN EL AÑO 2000 FIRMA UN CONTRATO DE MUTUO EN DOLARES POR 14400 HIPOTECANDO SU CASA COMO GARANTIA DE ESE PRESTAMO RESULTA QUE DESPUES VINO EL DESASTRE ECONOMICO QUE TODOS CONOCEMOS DEL AÑO 2001y mi cliente sigue pagando en pesos el equivalente en esa moneda extranjera.lleva pagango $40.000.hace poco le consulte a la escribanía encaragada de reakizar el cobro cuanto faltaba para terminar de pagar y me dijeron que 15.500 dolares.Mi pregunta es como resuelovo esto porque pa mi la deuda esta totalmente saldada en cxambio para esa gente no y ami8 cliente se le hace interminable,les agradeceria que alguien me ayude con esto :x
 #248571  por mcg
 
Hola te cuento que he estado leyendo algo del tema. tendrías que ver si su crédito entra en lo previsto en las siguientes leyes,fijate sobre todo por la fecha. Ley 25798,26167,26177,26313. Sobre todo esta última en que figura el procedimiento a aplicar para la reestructuración de los mutuos hipotecarios. Estoy viendo el tema por mi mama que tiene un crédito hipotecario y está pagando hace años,y cada vez debe mas según el sistema frances que aplican, lo que yo he hecho para empezar es que un contador haga el cálculo para ver si hay diferencia en lo que reclaman. mi idea es después hacer una presentación en el banco aplicando la ley y vere que pasa.
 #248586  por Sailaw
 
No, existe jurisprudencia que hace abarcar a las hipotecas no adheridas al reemplazo fiduciario del Banco Nación, el tipo de conversión establecida en la normativa de emergencia.
 #1171729  por lalic
 
Hola. Les consulto lo siguiente:
El padre de mi clienta era deudor HIPOTECARIO de particulares (la deuda la tomó para darle el dinero a su OTRA HIJA). No pagó y se le inició ejecución hipotecaria (Cap.Fed.). La ejecución se suspendió (aún habiendo sentencia firme en su contra) porque el deudor se acogió al beneficio del Fideicomiso del Bco.Nación (LEY 25.798), y el Jdo.le hizo lugar. La documentación para acceder a este beneficio NUNCA SE FIRMÓ, ya que el inmueble adeudaba impuestos.-
Seguidamente, el padre de mi clienta (DEUDOR) FALLECE. Se obtiene DECLARATORIA de HEREDEROS a favor de mi clienta y su hermana.-
Actualmente, la hermana de mi clienta está gestionando con el BANCO NACIÓN LA FIRMA DE LA "CESIÓN" necesaria para refinanciar la deuda, pero le está pidiendo a mi clienta que SE PRESENTE ANTE EL BANCO Y ACREDITE INGRESOS. Entiendo que es un requisito (art.8 de la ley 25.798) pero vale ACLARAR QUE MI CLIENTA NO VIVE EN EL INMUEBLE HIPOTECADO, y su hermana (ama de casa sin ingresos) SÍ, y evidentemente quiere que mi clienta se haga cargo de pagar su deuda.
Mi clienta sólo quisiera vender y cancelar todo.-
PERO MI MAYOR PREOCUPACIÓN es si al firmar el instrumento con el Banco, MI CLIENTA puede llegar a QUEDAR COMPROMETIDA CON SU PROPIO PATRIMONIO. Evidentemente, existe beneficio de inventario, pero en este caso (si firma como deudora) tengo dudas si se compromete personalmente y puede caer el beneficio de inventario y poner en riesgo su patrimonio.-
Perdón por la extensión del post (y si mis dudas son básicas). Desde ya les agradezco mucho sus opiniones.-
 #1171730  por lalic
 
Hola. Les consulto lo siguiente:
El padre de mi clienta era deudor HIPOTECARIO de particulares (la deuda la tomó para darle el dinero a su OTRA HIJA). No pagó y se le inició ejecución hipotecaria (Cap.Fed.). La ejecución se suspendió (aún habiendo sentencia firme en su contra) porque el deudor se acogió al beneficio del Fideicomiso del Bco.Nación (LEY 25.798), y el Jdo.le hizo lugar. La documentación para acceder a este beneficio NUNCA SE FIRMÓ, ya que el inmueble adeudaba impuestos.-
Seguidamente, el padre de mi clienta (DEUDOR) FALLECE. Se obtiene DECLARATORIA de HEREDEROS a favor de mi clienta y su hermana.-
Actualmente, la hermana de mi clienta está gestionando con el BANCO NACIÓN LA FIRMA DE LA "CESIÓN" necesaria para refinanciar la deuda, pero le está pidiendo a mi clienta que SE PRESENTE ANTE EL BANCO Y ACREDITE INGRESOS. Entiendo que es un requisito (art.8 de la ley 25.798) pero vale ACLARAR QUE MI CLIENTA NO VIVE EN EL INMUEBLE HIPOTECADO, y su hermana (ama de casa sin ingresos) SÍ, y evidentemente quiere que mi clienta se haga cargo de pagar su deuda.
Mi clienta sólo quisiera vender y cancelar todo.-
PERO MI MAYOR PREOCUPACIÓN es si al firmar el instrumento con el Banco, MI CLIENTA puede llegar a QUEDAR COMPROMETIDA CON SU PROPIO PATRIMONIO. Evidentemente, existe beneficio de inventario, pero en este caso (si firma como deudora) tengo dudas si se compromete personalmente y puede caer el beneficio de inventario y poner en riesgo su patrimonio.-
Perdón por la extensión del post (y si mis dudas son básicas). Desde ya les agradezco mucho sus opiniones.-
 #1171731  por lalic
 
Hola. Les consulto lo siguiente:
El padre de mi clienta era deudor HIPOTECARIO de particulares (la deuda la tomó para darle el dinero a su OTRA HIJA). No pagó y se le inició ejecución hipotecaria (Cap.Fed.). La ejecución se suspendió (aún habiendo sentencia firme en su contra) porque el deudor se acogió al beneficio del Fideicomiso del Bco.Nación (LEY 25.798), y el Jdo.le hizo lugar. La documentación para acceder a este beneficio NUNCA SE FIRMÓ, ya que el inmueble adeudaba impuestos.-
Seguidamente, el padre de mi clienta (DEUDOR) FALLECE. Se obtiene DECLARATORIA de HEREDEROS a favor de mi clienta y su hermana.-
Actualmente, la hermana de mi clienta está gestionando con el BANCO NACIÓN LA FIRMA DE LA "CESIÓN" necesaria para refinanciar la deuda, pero le está pidiendo a mi clienta que SE PRESENTE ANTE EL BANCO Y ACREDITE INGRESOS. Entiendo que es un requisito (art.8 de la ley 25.798) pero vale ACLARAR QUE MI CLIENTA NO VIVE EN EL INMUEBLE HIPOTECADO, y su hermana (ama de casa sin ingresos) SÍ, y evidentemente quiere que mi clienta se haga cargo de pagar su deuda.
Mi clienta sólo quisiera vender y cancelar todo.-
PERO MI MAYOR PREOCUPACIÓN es si al firmar el instrumento con el Banco, MI CLIENTA puede llegar a QUEDAR COMPROMETIDA CON SU PROPIO PATRIMONIO. Evidentemente, existe beneficio de inventario, pero en este caso (si firma como deudora) tengo dudas si se compromete personalmente y puede caer el beneficio de inventario y poner en riesgo su patrimonio.-
Perdón por la extensión del post (y si mis dudas son básicas). Desde ya les agradezco mucho sus opiniones.-