lu1983 escribió:cual es tu ley de donde y q es lo q hablas ...???? lo podes pasar????????????? porfa...
Lu1982. Vos te tenés que fijar en la ley de honorarios de tu provincia. También hay una ley nacional (24.432).
DAL habla de la de Santa Fe, la 6767 (reformada) que tiene una tablicta con unidades jus y al lado te dice que porcentaje cobrar, a medida que suben las unidades jus, baja el porcentaje. También la ley tiene minimos para cobrar, por ej. dice Consulta 0,5 unidades jus, y así.
También pasaron un link del colegio de abogados de Madryn, que tiene una tabla donde te cuanto cobrar.
Saludos