Mas que nada quiero escuchar opiniones sobre la estrategia a seguir en un Incidente de Liquidacion de la sociedad conyugal. A ver si tengo alguna escapatoria.
Un matrimonio con sentencia de divorcio por presentacion conjunta por separación de hecho desde el año 2002.
Inicio la liquidación hace un mes patrocinando a la señora y en la contestación el letrado de la contraria argumenta que todos los bienes recibidos desde la fecha de la separación de hecho son GANANCIALES ANOMALOS y que no se dividen.
Mi pregunta es: si efectivamente los bienes se adquirieron en ese periodo sep.de hecho-sentencia de divorcio...¿tengo forma de que se consideren gananciales "puros" y poder dividirlos?
La unica que encontre es probar la subrogacion real por fondos o bienes adquiridos anteriormente a la separacion.
Un matrimonio con sentencia de divorcio por presentacion conjunta por separación de hecho desde el año 2002.
Inicio la liquidación hace un mes patrocinando a la señora y en la contestación el letrado de la contraria argumenta que todos los bienes recibidos desde la fecha de la separación de hecho son GANANCIALES ANOMALOS y que no se dividen.
Mi pregunta es: si efectivamente los bienes se adquirieron en ese periodo sep.de hecho-sentencia de divorcio...¿tengo forma de que se consideren gananciales "puros" y poder dividirlos?
La unica que encontre es probar la subrogacion real por fondos o bienes adquiridos anteriormente a la separacion.