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Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #242214  por maru724
 
Hola les quiero consultar acerca de la resolucion 201/02 del programa medico obligatorio y si sigue en vigencia, y como hacer que una medicina pre paga (soy de tucuman) se haga cargo de una ablacion (operacion cardiaca) ya que es la segunda vez que debe hacersela mi cliente y ya una vez se la cobraron (en el 2003 estando vigente dicha resolucio). Muchas gracias
 #242687  por drw
 
si me das tu mail te paso un par de fallos, que te podrian ayudar.
Lo mas viable es que tenga que acceder por via de amparo.
 #246331  por LATUCU
 
LEEETE TRIBUNAL CAMARA COM SALA C 5/10/2004 ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICIENCIAV ADESSO ANTONIO SJA 6/4/ 2005 JA 2005- II- 549
 #246503  por masan
 
El PMOE sigue en vigencia
Tene en cuenta la ley 24.754: las prepagas deben cubrir las mismas prestaciones a las que las obras sociales se encuentran obligadas, saludos.
 #249292  por Niesches
 
Alguien sabe cual es la ley que rige para las OOSS dependientes de las Universidades Nacionales?
No las alcanza el PMO , eso está claro , pero a pesar de haber buscado muuuuuuucho no puedo encontrar si en alguna ley está establecido cuales son las prestaciones básicas que deben darle al afiliado.
Hice la consulta en el Ministerio de Salud de la Nación ( lo resumo porque fue un paseo larguísimo en el edificio de una oficina a otra ) y la respuesta que me dio uno de los asesores del vice ministro fue que presente un amparo ; o sea : en el MSN que es la autoridad de contralor de estas OOSS no tienen claro cuales son las prestaciones básicas que deben cubrir.
Si alguien lo sabe les agradezco si me pasan el dato ya que no se trata de ampararse sino de reclamar la prestación que corresponde por ley.
 #249503  por masan
 
De donde sacaste que no están alcanzadas x el PMO??
 #249570  por Niesches
 
Ya ni me acuerdo donde le leí porque fue muchísimo , no sabría decirte si en el mismo PMO ; pero aparte me lo confirmaron en el MS son las únicas OOSS nacionales a las que no alcanza .
Por favor , si tenés alguna info que diga que las alcanza te agradeceré enormemente me la pases !!!
Desde ya mil gracias.
 #250052  por masan
 
Raro. En el PMo no puede ser por que solo determina las prestaciones mínimas. Fijate bien entonces cuales son esas obras sociales.
LAs que te dicen que no están obligadas son las que no aportan al Fondo Solidario, debe ser por eso que te dijeron en el MSAS.
Aún así, hay jurisprudencia de la Corte que establece que el Estado no puede fijar políticas públicas y después no cumplirlas a través de sus organismos descentralizados.
Suerte
 #250483  por Niesches
 
Gracias Masan , yo olvidé comentarte lo del tema del Fondo Solidario, las OOSS de las Universidades Nacionales no aportan al mismo.
Veré que más puedo encontrar , nuevamente muchas gracias !!!
 #252333  por masan
 
Hola Niesches! no te hagas problema, que ustamente por no aportar al Fondo Solidario dicen no estar obligadas frente al PMO, pero hay fallos de la CSJN que establecen que esa es una decisión de la OS, así que si no aporta y desp no recibe los retornos correspondientes es por su decisión.
Además, al ser el Estado nacional el que estableció la normativa después no puede pretender no hacerse cargo de la misma a través de sus organismos.
Por eso igual están obligadas mas allá de que aporten o no.
Avisame novedades
 #252398  por Niesches
 
Hola Masan , todo lo que decís es increible pero cierto , primero ellos mismos dictan la normativa y luego no la cumplen. Te aseguro que mi tour por el MS fue un sketch de Gasalla , la cara de los asesores del vice ministro cuando yo les decía de que secretarias de ese ministerio dependian las OOSS en cuestión ,eran de un asombro impensable , no tenían la más pálida idea.
La práctica se realizó ya que ni siquiera se podía esperar a un amparo , por supuesto se pagó , la OS me devolvió algo ( lo que se le ocurrió , creo que no alcanzó ni para los descartables) y la semana próxima tengo una reunión ( soy bastante conciliatoria por cierto ) con el representante legal ( estimado colega) y con el auditor médico . Mi planteo va a ser muy simple , quiero por escrito que prestaciones cubren y en que % y cuales no cubren ya que deben tener un nomenclador y las razones por las cuales no cubrieron la práctica en cuestión , que te aclaro está perfectamente nomenclada en el PMO y se cumplían TODAS las condiciones para cubrirla.
Mientras tanto he ido juntando toda la info posible sobre el tema ya que a pesar de " mi mente conciliatoria " no creo me den respuesta satisfactoria y terminaremos en tribunales.
Te tengo al tanto y nuevamente gracias.
 #254921  por masan
 
Bueno, un garron esto de que no te cubran, pero al menos tenés chances de aprovechar tus facultades en la próxima reunión. Por lo menos habrá una reunión!! la mayoría de las veces ni siquiera te dan ese tiempo.
Si querés después te paso por MP la jurisprudencia de la que te hablo, es de la CSJN en una demanda contra la OS de las FFAA. Siempre es bueno conocer mas a fondo los argumentos con los que te podés llegar a encontrar. Avisame x MP
SAludos y nuevamente suerte
 #255356  por masan
 
Hola Niesches!
las OOSS de las Univ Nacionales ESTAN COMPRENDIDAS EN LA 23.660! y por ende, alcanzadas plenamente por el PMO.
si, resulta qe todo lo que te han dicho es un real y verdadero verso!!
Lo bueno es que ahora vas a asaberlo claramente antes de la reunión, y que tenés todas las herramientas legales a tu favor.
Me alegra poder ayudarte!
contame como salió todo