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  • ¿procede incremento art. 2° ley 25323?

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 #250943  por MariaJose
 
Hola foristas. Tengo una duda acerca del incremento del art. 2° de la ley 25323: ¿se aplica al art. 212? si bien dicho art. remite al 245, entiendo que las sumas que prevé dicho artículo no tienen caracter indemnizatorio, sino que es un resarcimiento por la culminación de la relación laboral. No obstante eso, entiendo que si el empleador no la abona, estaría incumpliendo con el mandato legal y por tanto, debería aplicarse el incremento porque de otro modo los empleadores podrían especular a "patear" para adelante el pago que es indiscutible si la incapacidad ya está dictaminada.
me gustaría escuchar opiniones, muchas gracias
 #250960  por MORGAN
 
Quién determinó la incapacidad?, y a que parte del art. 212 te referís?.
 #251057  por MORGAN
 
Si se lo intimó y desconoce el porcentual de incapacidad denunciado estimo que no procede porque el empleador estaría obligado a pagar la indemnización desde el momento que una pericia determinase la procedencia de la misma pero haya tenido éste oportunidad de controlarla.
 #251170  por estudiopw
 
Sin perjuicio de considerar la (in)constitucionalidad de la Ley 25.323, considero que en principio no procedería en este caso por cuanto la norma refiere a las indemnizaciones previstas en los artículos 232, 233 y 245 de la Ley 20.744 y los artículos 6° y 7° de la Ley 25.013. Si el legislador hubiese querido incluir dentro de esta protecciòn al Art.212 lo hubise hecho.
Si bien el Art. 212 LCT en su 4to párrafo dice "Cuando de la enfermedad o accidente se derivara incapacidad absoluta para el trabajador, el empleador deberá abonarle una indemnización de monto igual a la expresada en el artículo 245 de esta ley." se trata de una equiparación de montos, no del mismo concepto indemnizatorio, ya que difieren las causas.




Fernando R. Pietragalli
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