Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ¿Principio de inocencia o principio de culpabilidad?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #237333  por ARCANGEL
 
En mi primer contacto con la justicia penal, se me ha planteado esta duda

Quisiera conocer la opinion de letrados con experiencia en el tema.

(En el SER)
¿Realmente existe el prinipio de inocencia? o el imputado debe demostrar su inocencia

¿Para las fiscalías trabajar eficaz y eficientemente es procesar a todos?

¿Los juzgados de instrucción tienden a procesar si el fiscal lo pide?

Muchas gracias
 #237368  por Moniluj
 
Hola, mirá como consejo según mi forma de trabajar (aprendida de muchas otras personas que me han ayudado) es que decidan lo que decidan, pidan lo que pidan, siempre tenés que hacer valer el principio de inocencia, esa es la llave para encontrarle la vuelta a todos los casos, el respeto a ese principio no puede dejarse de lado y si en algún caso así se hace, bueno, apelarás las veces que sea necesario para revertirlo. Saludos.
 #237768  por N A T A L I A
 
ARCANGEL escribió:
(En el SER)
¿Realmente existe el prinipio de inocencia? o el imputado debe demostrar su inocencia
Y :roll: ... La verdad que la realidad deja bastante que desear en cuanto a las garantías constitucionales durante el proceso penal. Como dijo Moniluj, el principio de inocencia existe, es MUY importante que se tenga en cuenta y se defienda con toda convicción, al igual que el resto de las garantías.
Pero no sólo desde el SER es que se ve afectado el principio de inocencia. Sino, que desde la misma legislación procesal se vulnera constantemente, por ejemplo, en todo lo relacionado con la excarcelación. Fijate que en la práctica y gracias a la legislación existente la prisión preventiva se aplica como regla cuando en realidad es la excepción. Porque, por aplicación del principio de inocencia, la regla tendría que ser la libertad.
Más allá de ello, durante la instrucción y el juicio, el imputado debe aportar las pruebas que permitan sostener su inocencia, o la versión de los hechos que intenta probar.
¿Para las fiscalías trabajar eficaz y eficientemente es procesar a todos?
Muchas veces los fiscales sostienen acusaciones por el sólo hecho de acusar. Sin tener en cuenta cual es su verdadera función. Que no termina en la acusación, sino que va más allá de eso. Ellos también deben cuidar los derechos del imputado.
¿Los juzgados de instrucción tienden a procesar si el fiscal lo pide?
El juzgado de instrucción procesa cuando haya mérito para ello. En el Proceso de Nación, nada tiene que ver el pedido del fiscal con el procesamiento. Sólo se expiden sobre si consideran que la instrucción está completa y si corresponde elevarla a juicio, o solicitar el sobreseimiento. El procesamiento es facultativo del Juzgado de instrucción. (Art. 306 a 311 CPPN).

Saludos y Suerte!
 #237885  por Moniluj
 
Mirá, sí me parece que en instrucción funciona así, si el fiscal quiere procesar hay procesamiento, pero hay excepciones y se pueden pelear. Una vez a un tipo con dos antecedentes (uno x amenazas y otro por robo) y con una rebeldía lo procesaron nuevamente x tentativa de homicidio (le había clavado un tramontina a otro), el punto es que lo procesan, se apela y la cámara confirma el procesamiento (en Capital), el art. 311 dice que el procesamiento sólo será recurrible por apelación, es decir, cuando la cámara confirma chau, que espere el juicio.
Al leer la causa punto x punto era una barbaridad, tres testigos que dicen lo mismo (hasta mienten en lo mismo) y que el fiscal había valorado como "perfectos", bien, con eso y planteando la inconstitucionalidad del 311 (con sustento en instrumentos internacionales con jerarquía constitucional) se intentó la apelación del procesamiento ante Casación. Mientras el fiscal dando por sentado que ya había quedado firme solicita la elevación a juicio en donde brutamente valora la indagatoria (en la cual el imputado se negó a declarar) en contra de él!!! diciendo que teniendo oportunidad de defenderse y no lo hizo. Mientras se esperaba la resolución sobre el recurso intentado, se presentó tb la oposición de elevación a juicio con dos ejes fundamentales: el estado no firme todavía del procesamiento y la indagatoria valorada en contra del imputado.
La Cámara nos dio el recurso (si no lo daba íbamos con queja), en 5 renglones dijo que no compartía nada de lo que decía la defensa, pero que otorgaba el recurso. Al fiscal por los dos errores le valió una sanción; Casación pidió remisión de la causa y decidió resolver juntos tanto el recurso de casación presentado x excarcelación denegada, como así también el recurso abierto cuestionando el procesamiento.
Es decir que más allá de lo que decidan, cuando veas que se afectan garantías no te des x vencido, dale para adelante que al final, sale bien. Saludos.
 #253019  por ActiveXPRO
 
N A T A L I A escribió:
ARCANGEL escribió:
(En el SER)
¿Realmente existe el prinipio de inocencia? o el imputado debe demostrar su inocencia
Y :roll: ... La verdad que la realidad deja bastante que desear en cuanto a las garantías constitucionales durante el proceso penal. Como dijo Moniluj, el principio de inocencia existe, es MUY importante que se tenga en cuenta y se defienda con toda convicción, al igual que el resto de las garantías.
Pero no sólo desde el SER es que se ve afectado el principio de inocencia. Sino, que desde la misma legislación procesal se vulnera constantemente, por ejemplo, en todo lo relacionado con la excarcelación. Fijate que en la práctica y gracias a la legislación existente la prisión preventiva se aplica como regla cuando en realidad es la excepción. Porque, por aplicación del principio de inocencia, la regla tendría que ser la libertad.
Más allá de ello, durante la instrucción y el juicio, el imputado debe aportar las pruebas que permitan sostener su inocencia, o la versión de los hechos que intenta probar.
¿Para las fiscalías trabajar eficaz y eficientemente es procesar a todos?
Muchas veces los fiscales sostienen acusaciones por el sólo hecho de acusar. Sin tener en cuenta cual es su verdadera función. Que no termina en la acusación, sino que va más allá de eso. Ellos también deben cuidar los derechos del imputado.
¿Los juzgados de instrucción tienden a procesar si el fiscal lo pide?
El juzgado de instrucción procesa cuando haya mérito para ello. En el Proceso de Nación, nada tiene que ver el pedido del fiscal con el procesamiento. Sólo se expiden sobre si consideran que la instrucción está completa y si corresponde elevarla a juicio, o solicitar el sobreseimiento. El procesamiento es facultativo del Juzgado de instrucción. (Art. 306 a 311 CPPN).

Saludos y Suerte!
En todo de acuerdo con Natalia 100%.
Aunque parezca una contradicción con lo posteado en otro hilo sobre inseguridad, pero no la hay.
 #253310  por ARCANGEL
 
El juzgado de instrucción procesa cuando haya mérito para ello. En el Proceso de Nación, nada tiene que ver el pedido del fiscal con el procesamiento. Sólo se expiden sobre si consideran que la instrucción está completa y si corresponde elevarla a juicio, o solicitar el sobreseimiento. El procesamiento es facultativo del Juzgado de instrucción. (Art. 306 a 311 CPPN).
El juzgado 26 de Cap proceso a un cliente y el fiscal no encontró a uno solo de los testigos que él mismo pidió (Testigos pedidos por el fiscal) ¿eso es considerar completada la instrucción?
 #253333  por ActiveXPRO
 
ARCANGEL escribió:
El juzgado de instrucción procesa cuando haya mérito para ello. En el Proceso de Nación, nada tiene que ver el pedido del fiscal con el procesamiento. Sólo se expiden sobre si consideran que la instrucción está completa y si corresponde elevarla a juicio, o solicitar el sobreseimiento. El procesamiento es facultativo del Juzgado de instrucción. (Art. 306 a 311 CPPN).
El juzgado 26 de Cap proceso a un cliente y el fiscal no encontró a uno solo de los testigos que él mismo pidió (Testigos pedidos por el fiscal) ¿eso es considerar completada la instrucción?
Debería preguntárselo a ese Fiscal o denunciarlo Ud. por incumplimiento de sus deberes. Eso como a Ud. mejor le parezca.
 #253336  por Moniluj
 
Arcángel: si el fiscal considera completa la instrucción, va a solicitar la elevación a juicio. Tendrás que plantear la oposición de elevación a juicio, dando tus argumentos de por qué considerás prematuro clausurar la instrucción. Si te dicen que no, podrías apelar ante la Cámara, si lo ves dilatorio y tenés mejor propuesta, ya elevada la causa, solicitás la instrucción suplementaria y proponés y aportás lo tuyo.
Te digo, en derecho, puede pasar cualquier cosa, ya te había comentado que un fiscal solicitó la elevación a juicio, estando pendiente la resolución de un recurso planteado por el procesamiento; hay que pensar que esa gente está tapada de laburo y a veces hace cosas mecánicamente, dándonos a los defensores errores hermosísimos!!! Saludos.-
 #253345  por Moniluj
 
Hoy está un poco depre? en otro post se lo planteo, está exigente y todo lo toma demasiado a pecho. No quise ser burlona en el post, es que no tengo talento para hacer chistes.
La seguridad jurídica es un ideal, al que se tiende, recuerde la frase "lo ideal es enemigo de lo bueno". Saludos.
 #253364  por ActiveXPRO
 
Moniluj escribió:Hoy está un poco depre? en otro post se lo planteo, está exigente y todo lo toma demasiado a pecho. No quise ser burlona en el post, es que no tengo talento para hacer chistes.
La seguridad jurídica es un ideal, al que se tiende, recuerde la frase "lo ideal es enemigo de lo bueno". Saludos.
Sabe Moniluj, a mí me parece todo lo contrario , ja! ja!!!, yo creo que Ud. está sensible. Bueno pongamos 50 y 50 entonces, pero mi último comentario no es una critica ni hacia Ud. ni hacia el sistema (aunque podría serlo para éste).
Creo, y estoy seguro que Ud. fue sincera y dijo una gran verdad. En la justicia puede pasar de todo, mal que nos pese.
Lo que yo quise decir, es: ¿¿cómo se lo hacés entender a la gente???
 #253525  por N A T A L I A
 
ActiveXPRO escribió:
En todo de acuerdo con Natalia 100%.
Aunque parezca una contradicción con lo posteado en otro hilo sobre inseguridad, pero no la hay.
Me gusta que me den la razón. 8)