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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #253480  por Parri
 
Hola chicos, estuve leyendo los topics sobre el tema de mobbing y tengo unas dudas. Una clienta mia encontró a una empleada robandole. No la denunció ni la despidió (no tenia pruebas, la palabra de la empleadora contra la empleada).
A los dos dias la empleada presenta certificado psicologico "trastorno adaptativo, reactivo a situación laboral conflictiva". Y es lógico, yo me moriria de verguneza ir a trabajar a un lugar sabiendo que robé, en fin....
De esto ya pasaron dos meses (la empleada está en tratamiento no concurre a trabajar) y la empleada viene a cobrar normalmente su sueldo, el cual se paga en tiempo y forma.
En cuanto esto sucedió se hizo la denuncia a la art quien contesta que no cubre nada psicologico.
Por ultimo, y lo que motiva este topic, la empleada en el dia de hoy (por intermedio de su conyuge) presenta certificado de la psicologa, donde dice que esta evolucionando favorablemente e informa que: "debe destacarse que la misma debió trasladarse a la ciudad de cordoba debido al fallecimiento de su sobrina de 16 años. Teniendo en cuenta el impacto emocional, por la perdida afectiva y comprendiendole la situación de duelo es que se considerará el reinicio laboral a su regreso de ese viaje"

Preguntas:
1- puede ser que estando en tratamiento y ausentandose de su trabajo por supuesta afeccion psicologica viaje a cordoba SIN ESPECIFICAR DIAS por el fallecimiento de su sobrina???
2- Puede ser que diga que "consideraria" el reinicio laboral?
3- Nada puede exigirsele a la art?
4- Tiene derecho a viajar por fallecimiento de su sobrina?

Les cuento que nunca tuve un tema "psicologico" por eso las dudas. Yo pienso que debemos intimar a que se presente en el consultorio de la psicologa de la empresa para que la evalue, y no se como tratar los dias que se fue a cordoba.
Espero no haberlos mareados, tema interesante....si consigo material se los paso, saludos y graciass
 #253596  por nicolasfreire
 
Hola Parri, soy muy nuevo en esto, por lo tanto solo voy a responderte las preguntas 3 y 4 que son de las que tengo certeza.

3- Las ART si deberian cubrir enfermedades psicologicas. El tema es que en primera instancia siempre te las rechazan. Te aconsejo que vayas con todos los datos a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, anda con datos de la poliza, certificado de enfermedad, informes ,etc. y que te digan si corresponde que la ART se haga cargo. Busca la sucursal mas cercana aca:
http://www.srt.gov.ar/home/home.htm

4- La LCT no prevee dias de licencia por muerte de sobrina.

Saludos, espero que te puedan sacar tus otras dudas.
 #253680  por airis
 
EN MI HUMILDE OPINION, LA PSICOLOGA SE EQUIVOCO AL INVOCAR EL TEMA DEL TRASLADO POR MUERTE DE UN FAMILIAR. SIENDO LA ENFERMEDAD PSIQUIATRICA Y PSICOLOGICA EN ESTE CASO AMBULATORIA, NO HABIA NECESIDAD, PARA MI COMPLICO A FIN DE PROCEDER CON EL MOBBING, OJO TODAVIA NO HICE NADA LABORAL, SEGURAMENTE DIRAN SE NOTA, JA JA, PERO A MENOS QUE NO ESTUVIERA CITADA PARA LA FECHA DE AUSENCIA, SIGO PENSANDO QUE ERA INNECESARIO Y COMPLICA PARA UNA PRUEBA MAS. CORRIJANME SE QUE LO NECESITO. GRACIAS.
 #253683  por DAL
 
Hay un hilo sobre mobbing con excelentes post de MFP, que además de abogada es psicologa.
Jamas consientan un certificado médico de este tipo sin hacer el control patronal. El psicologo no es médico ni psiquiatra. Hagan hacer evaluación médica psiquiatrica si es el caso. Pero no se manejen con los de los psicologos porque son sumamente indeterminados en sus tratamientos.
El tema es que buscar ese post no pude hacerlo, ya que se inicio como una consulta o bien de un particular o de un tema parecido, no es exacto, pero se analizó este tema puntualmente.
 #253857  por Parri
 
Como siempre gracias DAL. Y gracias tb airis. Saludos
 #253879  por Parri
 
Y gracias nicolas