Hola!!! En caso de denuncia por violación de la ley de defensa al consumidor no me queda claro cual es el juez competente. El juez en lo contencioso-administrativo o el juez en lo civil y comercial?????
Competencia civil
Es competencia de la justicia civil la acción entablada por el consumidor final de un producto comestible contra la empresa elaboradora del mismo con fundamento en los arts. 1109, 1113 y ccs., CCiv., y 52 ley 24240 (Cám. Nac. Civ., sala K, 15/11/1996, "Guzmán, Jorge G. y otros v. Benvenuto SA / La Campagnola", JA, 1997-IV-120 ).
Corresponde a la justicia civil intervenir en la acción que persigue la reparación de los daños y perjuicios provocados por el cigarrillo -con fundamento en los arts. 52 de la ley 24240 y 1190 y 1113 del Código Civil- contra la empresa que lo comercializa (Cám. Nac. Civ., sala M, 14/6/2000, "Henricot, Néstor v. Nobleza Picardo SA s/ daños y perjuicios" ).
Corresponde intervenir a la justicia civil en la acción que persigue la reparación de los daños y perjuicios padecidos como consecuencia de las lesiones que habría provocado el estallido de la tapa de una botella -con fundamento en el art. 40 de la ley 24240-, contra el supermercado que comercializa dicho producto (Cám. Nac. Civ., sala B, 14/7/2000, "Berenguer, Carlos Raúl v. Carrefour Argentina SA s/ daños y perjuicios" ).
Competencia comercial
El fuero comercial es competente para entender en la acción resarcitoria promovida por un consumidor con la finalidad de obtener la indemnización de los daños provocados por la ingesta de alimentos contaminados, por aplicación de los arts. 3 de la ley 24240 y 4 de la ley 22262 (Cám. Nac. Civ. Tribunal de Superintendencia, 25/3/1999, "Obregón, Julio C. v. Agroindustrias Inca SA", RCyS, 1999-797; JA, 1999-III-83 ).
Es competente el fuero comercial para entender en las acciones por responsabilidad del fabricante por productos elaborados entabladas en los términos del art. 40 de la ley de protección al consumidor (ley 24240 ), ya que si bien la mencionada normativa no contiene atribución al respecto sus pautas se integran con la ley 22262 que determina tal competencia (Cám. Nac. Civ., sala I, 29/4/1999, "Cocchi, Miguel A. v. Industria Pentágono de Confiables SA", JA, 2000-I-89 ).