Sres. Foristas.
Otra duda.
Tengo un caso en el cual se despide al Trabajador en el mes en que el CCT icrementa un no remunerativo que venian percibiendo al basico por lo tanto hay una diferencia de $ 356. bstante no? entonces l apregunta auqnue y al aliquidación l aparctico por el nuevo sueldo basico. Alguien me podria corregir auqnue s edebe tomar el ultimo recibo empece a practicar sobre el ultimo pero como fue despedido el 18/10/08 d epalabra y recien fue notificado el 22 por telegrama, que me aconsejan.
Otra duda aprovecho que los tengo, la Integracion del mes dsde cuando lo pido desde el 18 o desde el 22 que recibio l anotificacion, es desde el 22 no? Por Favor estoy haciendo laliquidación y me falta corroborar estos datos.
Gracias
Juli
Otra duda.
Tengo un caso en el cual se despide al Trabajador en el mes en que el CCT icrementa un no remunerativo que venian percibiendo al basico por lo tanto hay una diferencia de $ 356. bstante no? entonces l apregunta auqnue y al aliquidación l aparctico por el nuevo sueldo basico. Alguien me podria corregir auqnue s edebe tomar el ultimo recibo empece a practicar sobre el ultimo pero como fue despedido el 18/10/08 d epalabra y recien fue notificado el 22 por telegrama, que me aconsejan.
Otra duda aprovecho que los tengo, la Integracion del mes dsde cuando lo pido desde el 18 o desde el 22 que recibio l anotificacion, es desde el 22 no? Por Favor estoy haciendo laliquidación y me falta corroborar estos datos.
Gracias
Juli
La vida no se mide por las veces que respiras sino por aquellos momentos que te dejan sin aliento!