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  • ya salió la sentencia cómo se la cobro???

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #257439  por MORGAN
 
Lo del alegato escrito acá en Pcia. de Bs. As. en un juicio laboral no puede ser, debe ser una broma, porque la prueba confesional y testimonial es oral y no queda nada escrito, por ende el alegato debe hacerse en el momento, caso contrario de que se van a acordar? ni los jueces ni los abogados. Como que no te dejaron alegar?, lo pediste?, Existe la negociación antes y después de la sentencia porque hay casos que desde el inicio hasta la sentencia tenés un cuerpo y tres cuerpos de ejecución, ojo, tiene con que responder el demandado?, a veces es conveniente negociar un monto menor.
 #257463  por lvp
 
La verdad, es que no sé si fue broma o no. En la audiencia lo pedí y me respondienron eso. Yo me fui con mi ayuda memoria toda preparada y me quedé con las ganas. En cuanto a los bienes tengo de donde cobrarme, si en estos días no me vendió nada :roll: . De todos modos pedí un nuevo certificado de dominio. Lo que me daría mucha bronca, es tener que comerme ahora todo otro trámite por ejecución.
 #258093  por sergiosky
 
lvp, es como te dijeron... ¿que tenes que arreglar? si ya tenes sentencia tenes el toro por las astas, no tenes que arreglar nada con el empleador, y la verdad que no entiendo muy bien que es lo que te estan aconsejando los del juzgado con eso de arreglar.
si la sentencia quedó firme lo que tenes que hacer es ejecutarla y ver que bienes podes encontrar para embargar y en un futuro tal vez pedir un remate, tambien lo que podes hacer y si es que la empresa sigue funcionando es pedir un interventor para que retenga el dinero que se deposite por dia en la caja, nunca vi esa medida pero en el codigo esta, por lo menos de mi provincia. tambien podes solicitar la quiebrar de la empresa y ya vas a ver como vienen a arreglar de una la indemnizacion.
mientras tanto anda actualizando planilla de liquidacion hasta que veas que podes ejecutar.