Hola gente necesito opiniones. Tengo un cliente al que le negaron el ingreso a su trabajo(el dia anterior habia reclamado verbalmente el blanqueo de la parte que le pagan en negro). Me consulta por esto y mandamos telegrama intimando a se aclare situacion laboral e intimando a regularizar el pago en negro, alli tambien se reclamo diferencias salariales por real categoria de trabajo, salarios adeudados, aportes no ingresados ,etc,etc, bajo apercib.de considerarse despedido. Recibio dos dias despues (con fecha posterior al envio del tel 23789)una carta docum. del empleador donde dice que lo despiden con causa por haberle faltado respeto a su superior a viva voz. Yo le redacté tel 23789 rechazando todos los argumentos de este ultimo por injuriosos y considerándose despedido por las razones de su previa intimacion y reclamando toda la indemnizacion citandola.
¿Les parece que está bien lo que hice? Recomiendan algo que falte? Es necesario reiterar detalladamente en este ultimo teleg. el pago de las indemnizaciones ley por ley (p/ej. 24013, art 245 lct, 25323 etc, etc,) o citando la primera intimacion es suficiente?(en la primera es donde hice el detalle ley por ley).
Cuando se cierre el intercambio teleg (en pcia bs .as.) puedo pedir intervencion de la secretaria ministerio de trabajo, no sé cómo es el proced en este caso (no hay SECLO) para llegar a un arreglo o no conviene?
Estaria intentando no llegar a juicio. Este muchacho tiene una mala experiencia anterior, hizo juicio a una empresa, estuvo 6 años con ese tramite, con 2 sentencias a su favor:una por la indemnizacion art 245 y por extencion de responsabilidad pero nunca le pagaron.
Yo le dije que en estaoportunidad tiene todas las de ganar, pero él tiene temor de ganar pero no cobrar
¿¿¿QUÉ OPINAN AMIGOS??? Aclaro que tengo poca experiencia en laboral.
¿Les parece que está bien lo que hice? Recomiendan algo que falte? Es necesario reiterar detalladamente en este ultimo teleg. el pago de las indemnizaciones ley por ley (p/ej. 24013, art 245 lct, 25323 etc, etc,) o citando la primera intimacion es suficiente?(en la primera es donde hice el detalle ley por ley).
Cuando se cierre el intercambio teleg (en pcia bs .as.) puedo pedir intervencion de la secretaria ministerio de trabajo, no sé cómo es el proced en este caso (no hay SECLO) para llegar a un arreglo o no conviene?
Estaria intentando no llegar a juicio. Este muchacho tiene una mala experiencia anterior, hizo juicio a una empresa, estuvo 6 años con ese tramite, con 2 sentencias a su favor:una por la indemnizacion art 245 y por extencion de responsabilidad pero nunca le pagaron.
Yo le dije que en estaoportunidad tiene todas las de ganar, pero él tiene temor de ganar pero no cobrar
¿¿¿QUÉ OPINAN AMIGOS??? Aclaro que tengo poca experiencia en laboral.
Elvy