Buenas Tardes queridos colegas.
Como siempre acudo a Uds.para llenar mis "lagunas...jurídicas..."!!
El tema es el siguiente..Mis clientes son dos hermanos que contrataron un persona para ocuparse de realizar tareas domésticas para su madre- mayor, pero totalmente capaz- en horario de 9 a 17.30 hs..de Lun a Vier.Esta empleada doméstica, ante el despido verbal, envía telegrama a MIS CLIENTES intimandolos a la regularización relación laboral, segun ley 25323 y 23.013.Yo respondo por mis clientes negando relación laboral atento a que nunca se DESEMPEÑÓ bajo mis ordenes.Obviamente recibo respuesta considerandose despedida y en unos días la citación a audiencia de conciliación a través de SECLO??.
Necesito vuestra calificada opinión sobre como manejar..el tema....Mi idea es presentarme en la audiencia con mis clientes-los 2 hermanos-y plantear que 1º) hay una falla en el encuadramiento del tema...ya que deberíamos haber sido citado en el Tribunal doméstico y no audiencia de concialiación laboral???, 2º) Hay falta de ligitimación pasiva, ya que mis clientes no son sus empleadores sino su madre de 80 y pico de años, pero TOTALMENTE CAPAZ!!!! y....ahi...cierro....!!!!
A ver...que piensan.....???que harían???
Muchísimas gracias!
Como siempre acudo a Uds.para llenar mis "lagunas...jurídicas..."!!
El tema es el siguiente..Mis clientes son dos hermanos que contrataron un persona para ocuparse de realizar tareas domésticas para su madre- mayor, pero totalmente capaz- en horario de 9 a 17.30 hs..de Lun a Vier.Esta empleada doméstica, ante el despido verbal, envía telegrama a MIS CLIENTES intimandolos a la regularización relación laboral, segun ley 25323 y 23.013.Yo respondo por mis clientes negando relación laboral atento a que nunca se DESEMPEÑÓ bajo mis ordenes.Obviamente recibo respuesta considerandose despedida y en unos días la citación a audiencia de conciliación a través de SECLO??.
Necesito vuestra calificada opinión sobre como manejar..el tema....Mi idea es presentarme en la audiencia con mis clientes-los 2 hermanos-y plantear que 1º) hay una falla en el encuadramiento del tema...ya que deberíamos haber sido citado en el Tribunal doméstico y no audiencia de concialiación laboral???, 2º) Hay falta de ligitimación pasiva, ya que mis clientes no son sus empleadores sino su madre de 80 y pico de años, pero TOTALMENTE CAPAZ!!!! y....ahi...cierro....!!!!
A ver...que piensan.....???que harían???
Muchísimas gracias!