GABRILITAIURIS escribió:Hola como estan?Hoy anduve por la fiscalia donde esta la causa de una amiga, que ella le inicio a su ex marido ,esta caratulada "homicidio simple en gado de tentativa y tenencia ilegal de arma de uso civil",ahora ella se reconcilio con el sr. y quiere desistir de la accion, a mi me parece que como es de instancia publica no se puede,pero en la fiscalia me dijeron que presente un escrito desistiendo de la accion.Me podrian explicar si esto puede hacerse,ya que mis conocimientos en lo penal son escasos,muchas gracias!
Hola,
Mira si es en provincia de Buenos Aires, podria ser viable.
Mira,si bien es verdad lo que te dijeron y decis, sobre la no vuelta atras de la accion, tambien rige la Ley 13433 ( Oficina de Resolucion Alternativa de Conflictos Penales) si te dijeron en la fiscalia eso de desistir, a lo mejor te estan diciendo, que si haces ese pedido, lo puede derivar a esta oficina por esta ley para su resolucion, estudialo, prima facie , no encuadraria en la misma por el delito, presuntamente imputado, pero a lo mejor no esta caratulado como lo describis, dado que de estar caratulado asi, tampoco le hubiesen dado la excarcelacion ,bajo caucion juratoria,a lo mejor al momento de la excarcelacion garantias recalificol os hechos por uno menor, como por un tipo culposo, Estudia la Ley 13433, que a lo mejor te quieren decir algo de eso, que en conflictos entre familiares por violencia, es muy comun que los deriven a esta oficina,
Saludos..