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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #262483  por chanopus
 
QUIERO HACER UN DIVORICIO VINCULAR (AUN NO SE SI SE VA A DAR EN FORMA CONJUNTA) PERO TODAVIA NO SE CUMPLEN LOS TRES AÑOS EXIGIDOS EN EL ART. 215. MI PREGUNTA ES SI CON LA DEMANDA DE DIVORCIO PUEDO PLANTEAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL PLAZO DEL 215 Y QUE SE RESUELVA AL DICTAR SENTENCIA, COMO CUESTION DE FONDO. ES PROCEDENTE TAL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD Y SI ALGUIEN TIENE ALGUNA JURISPRUDENCIA AL RESPECTO.- GRACIAS
 #262486  por diegogvillamayor
 
hola, si es procedente, pero con lo que van a tardar, es mejor esperar los 3 años, a menos que les falte mucho....
 #262497  por claudiarf
 
Para tramitar un divorcio por art 215 tenés que tener por lo menos 3 años de casado. y no creo que camine la insconstitucionalidad del plazo Distinto es el caso de que vayas por otras causales
 #262519  por diegogvillamayor
 
hay jurisprudencia 1 se que existe que dio la inconst de los 3 años.
pero es medio al pepe para mi, demora demasiado....