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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #26475  por Mer
 
tengo una gran duda. Se trata del caso de un hombre, que esta trabajando arriesgando su salud ya que tiene graves problemas cardiacos, etc. Tiene 58 años y es monotributista. Tiene pagados los ultimos 18 meses, pero algunos periodos fuera de termino, por lo que adueda intereses insignificantes. Registra deuda como autonomo, inscripto desde el 94, en ciertos periodos. Tb tiene cambios de categorias que le arrojan una deuda por el remanente no pagado.
Mi pregunta es puede en primer termino pagar los intereses para que lo consideren al menos aprotante irregulara con derecho?. Segundo puedo aplicarle el art. 1 de la 25....no se cuanto para prescribir todos esos periodos adeudados? hay alguna moratoria que pueda aplicarle?
Bueno espero que alguien comprenda mis inquietudes y sepa repsonderme. Desde ya agradecida
Mer

 #26480  por lgaray
 
Mer:
no llega a 15 años aportados y dentro de los últimos 5 años, 12 aportes pagados en tiempo y forma?.-
 #26481  por nomi
 
Mer escribió:tengo una gran duda. Se trata del caso de un hombre, que esta trabajando arriesgando su salud ya que tiene graves problemas cardiacos, etc. Tiene 58 años y es monotributista. Tiene pagados los ultimos 18 meses, pero algunos periodos fuera de termino, por lo que adueda intereses insignificantes. Registra deuda como autonomo, inscripto desde el 94, en ciertos periodos. Tb tiene cambios de categorias que le arrojan una deuda por el remanente no pagado.
Mi pregunta es puede en primer termino pagar los intereses para que lo consideren al menos aprotante irregulara con derecho?. Segundo puedo aplicarle el art. 1 de la 25....no se cuanto para prescribir todos esos periodos adeudados? hay alguna moratoria que pueda aplicarle?
Bueno espero que alguien comprenda mis inquietudes y sepa repsonderme. Desde ya agradecida
Mer
Los pagos deben estar pagados en término a los efectos de la regularidad (mes calendario) Fijate si tiene en los últimos 60 meses 12 aportes pagados en témino ,si es así podes completar 15 años de aportes y sería irregular con derecho.
 #26499  por ramon
 
( yo creo que se estan olvidando de lo mas importante, que tiene que tener el dictamen de la junta medica que diga el porcentaje de incapacidad 66% como minimo y recien ahi ver que se puede hacer

 #26943  por Mer
 
COmo se completan los 15 años? que ley aplico?
Mer

 #26953  por yula
 
La 24476, para completar los 15, pero tenes si o si que tener el año dentro de los ultimos 5. Eso sin mora