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  • DESISTE DE ACCION PENAL??

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 #264707  por Dr Pucho
 
ah, entiendo. Entonces, espere que llegue a Santa Fe. Así y todo, le puedo anticipar, es una historia muy triste, vió, la ginebra, variedad de fasitos, otras yerbas y calamidades por el estilo; espero sean de su gusto.

Dr. Pucho
 #264710  por andrea1982
 
El juez inquisidor santafesino lo esperara con gusto... estuvo releyendo el Malleus Maleficarum para atenderlo lo mejor posible :mrgreen:
 #264725  por Dr Pucho
 
si, y con Usted de Defensora....; mí humilde opinión es que ustedes van a ser la Pareja del Año en la Tapa de la Revista Gente Bicentenario 2010.

Dr. Pucho
 #264741  por andrea1982
 
Me han informado que al muchacho le dieron una pulserita magnética, y ya está nuevamente en su hogar, para correr a tiros a su amada...

Sonó re facho, no? :lol:

Existe la revista Gente todavía?
 #264952  por Dr Pucho
 
por las dudas, tenga a mano alguna que otra gorra y un latigo, (por aquello de que al muchachin parece gustarle usar "pulseritas"). Bueno, si no es en Gente, será en la revista Chacra.

Dr. Pucho
 #265059  por nachobas
 
hola, bueno te cuetno que soy nuevo en la pagina,,, un poco ya me marié con todo lo que se escribió pero si seguis con el tema del desistimiento quisiera aportar mi opinion...
Si no estas presentada como querellante no es necesario que desistas ya que la acción penal (en este caso por un delito perseguible de oficio de acción pública) la lleva adelante el fiscal, máxime en un sistema acusatorio, por lo que el denunciante solo comunica el hecho.-
Si sos querellante ahí es diferente la cuestión, no sé como será en esa jurisdicción pero acá en Entre Ríos el querellante tiene que continuar el trámite, si mal no recuerdo, hasta el informe del fiscal pidiendo la acusación, sobreseimiento o lo que fuere, de lo contrario implica un desistimiento con costas. Lógicamente el querellante (quien coadyuva a la tarea del fiscal) puede desistir pero habrá que tener en cuenta que puede ser condenado en costas y ademas acusado por delito de calumnias (tambien el denunciante puede ser acusado por calumnias, lógicamente).-
Por otro lado si el fiscal no solicita la elevación a juicio del trámite existe una teoría que entiende (sobre todo en el sistema acusatorio) que el juez no puede continuar el trámite ya que no existiría acusación para proseguir la acción y el juez no podrá ser juez y parte, no puede acusar y juzgar; es decir que si el fiscal no solicita la elevación directametne el caso no debería prosperar...
Bueno espero no estar muy perdido en el tema y que te sirva el aporte.,...
Saludos....
 #265134  por Dr Pucho
 
¿en la Chacra....?, ¿dandose besitos con su amiguito el inquisidor y el "pulserín".....?

Dr. Pucho
 #265212  por GABRILITAIURIS
 
Hola gracias nachobas,chicos de onda no usen el post para sus charlas xq me complican la lectura,y no favorece,saludos y sigo en el tema.Gracias de nuevo.
 #265216  por macero
 
GABRILITAIURIS escribió:Hola gracias nachobas,chicos de onda no usen el post para sus charlas xq me complican la lectura,y no favorece,saludos y sigo en el tema.Gracias de nuevo.
Còmo quedo la caratula del expediente?, en que etapa esta?, tiene prision preventiva?, jurisdiccion?, cual fue el hecho que se le describio a tu defendido en el 308 del CPPBA?, perdona si alguna de estas cuestiones ya la dijiste, lo que pasa es que me perdi con los comentarios.....
sldos.
 #265440  por Dr Pucho
 
Digame, ¿Usted leyó el Fallo Storchi.....?

Dr. Pucho
 #265468  por Dr Pucho
 
¿me esta pidiendo la mano, se quiere casar conmigo.....?, ¿o le escribe-habla a la Sra. Propietaria del Hilo....?, lo suyo configuraría el delito de Usurpación de Hilo.

Dr. Pucho
 #265517  por Dr. Neurus
 
Me parece que lo que el Fiscal quiere es que su clienta desista de la denuncia, pero ¿cómo podría hacer para desistir de lo que ya realizó?, ¿existe la Tentativa del Desistimiento?, si la denuncia ya se consumó; tal vez, lo que pretende es que la supuesta parte afectada, y al no haberse presentado como Querellante o Particular Damnificada, desista de continuar instando, pero, en este caso ¿quién es la víctima..., quién es el sujeto pasivo...., o en quién se reunen ambos estados...?, ¿de quién es el Bien Jurídico puesto en peligro....?
Así y todo, y aunque se trate de un delito catalogado de los de Acción Pública: ¿puede o podría el fiscal desistir de acusar....?, ¿y en cuál momento del proceso....?, ¿podría hacerlo en la IPP, al cierre de la misma, durante el Debate Oral o al finalizar el mismo....?
En fin, ¿de quién son los Bienes Jurídicos....?, ¿de quién son los Delitos....?, ¿de quién es la Acción....?, ¿por qué mí vida no es un Bien Jurídico....?

Dr.Neurus
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