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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #264966  por PAIDEIA
 
Hola Gente! Los consultos con lo siguiente, voy por la parte actora en un juicio laboral donde la empresa (persona física) cerró el local entonces no pude notificar en el domicilio donde prestaba servicios mi cliente. Como el empleador era una persona física solicito oficio a fin de que informen domicilio del empleador a la Cámara Electoral, al Registro Nacional de las Personas y a la Policía Federal. Policía nunca respondió a pesar de los oficios reiteratorios, sí responden la Camara y el Registro coincidiendo en los informes en cuanto a los datos del domicilio de la demandada, solo logro notificarla bajo responsabilidad. No se presenta la demandada, solicito que al no contestar demanda se haga efectivo el apercibimiento cursado y en consecuencia se le de por decaido el derecho que dejó de usar. Por otra parte, atento a que la accionada no ha cumplido con la carga de constituir domicilio "ad litem", solicité que se haga efectivo lo dispuesto por el art. 29 de la L.O., teniéndose por domicilio constituido de la accionada en los estrados del Juzgado. Todo lo cual me lo otorgan. Como la relación laboral estaba en negro solicito que se abra a prueba, se está sustanciando la misma, estoy con las testimoniales.... y he aquí mi problema hoy responde el oficio la policia respondiendo que el domicilio de la demandada es XXXX, el cual resulta ser uno distinto del informado por RNP y la Cámara Electoral .... y no sé que hacer??? Yo entiendo que he notificado bien bajo responsabilidad dado que lo hice en virtud de lo informado por el RNP y Cámara Electoral, ustedes que opinan????
Aclaro que tramita en CABA.
Desde ya agradezco sus valiosas opiniones.
Saludos
 #265225  por Carlos II
 
Con el tema de notificar bajo responsabilidad de la parte hay que ser muy cuidadoso, ya que por mas que los informes de la Camara Electoral y el Registro de las Personas coincidan en un mismo domicilio, si notificas bajo responsabiliad sin la certeza que el demandado realmente vive ahi, este puede presentarse luego en el expediente pidiendo la nulidad de todo lo actuado en virtud de que no vivìa en el lugar donde fue notificado. Claro que a esto deberá probarlo. Primero deberías asegurarte donde realmente vive. Espero te sirva. Saludos!
 #265442  por PAIDEIA
 
Gracias Carlos por responderme, pero no es obligación mantener los domicilios actualizados??? Porque con ese criterio registro un domicilio falso en el RNP , para luego probar que mi domicilio real era otro y así nunca podrán notificarme los acreedores. No es suficiente con tomar el recaudo de oficiar al RNP y a la Cámara? De no ser así iré buscando fundamentos para contestar el posible planteo de nulidad.
De nuevo gracias por tu respuesta, y me voy a buscar jusrisprudencia.
Saludos
 #265618  por MORGAN
 
Que vas a hacer ahora, seguí así como está el asunto, Yo le hubiera pedido la rebeldía y hubiese averiguado si tiene cuentas de cualquier tipo o inmuebles y le trabo embargo vas a ver como viene a arreglar el asunto y se olvida del domicilio.
 #265756  por PAIDEIA
 
Gracias Morgan por tu respuesta. Te cuento que estuve averiguando mientras esperaba los informes de RNP y de la Secretaría Electoral, pero no tiene cuentas bancarias ni bien alguno a su nombre. Es más, te cuento, durante la etapa de conciliación en el Seclo el abogado del empleador fundaba su defensa de no querer ofrecer un peso (reconociendo en esa audiencia que mi cliente había trabajado en negro) porque ya estaba por cerrar el comercio y no tenía bienes, se olvida que existe la inhibición y para una persona relativamente joven es algo así como una muerte civil; aunque sé que hay gente que no le importa.
Mi pregunta era para evitar alguna nulidad, pero ya estuve encontrando jurisprudencia favorable.
Gracias nuevamente, y saludos.