Me ha llegado un cliente que recibió una carta documento firmada por su ex esposa y en que ella lo notifica de una audiencia por el art. 835 en juzgado de familia de Lomas de Zamora en un juicio de divorcio contradictorio, transcribiéndole el auto respectivo. Pregunta: Es válida una notificación por carta documento sin firma de letrado? Puede hacerse esto en pcia de buenos aires? Les agradezco la ayuda, porque es la primera vez que me pasa...
Colega:
Le comento yo he notificado audiencia de div. en S.I por Carta Documento, 1º ) firmada por mi y mi cliente el amable Sr empelado del Correo se nego a enviarla argumentando que la misiva tenia que ser firmnada por la misma persona que la envia y no por ella mas el letrado. motivo por el cual imprimi 2º ) nuevamente la misiva la firmo mi cliente y la envio, el juzgado la tuvo como notificación valida y fehaciente, claro con trascripción del auto que ordena la audiencia.- Tenga presente que si recibio la misiva (firmo la entrega) es notificación fehasiente aún cuando hay juzgados que en principio no aceptan tal.-
Un gran saludo, esa es mi experiencia y huimilde opiniòn, lo que no significa que sea la ùnica ni la correcta.-