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 #265691  por blueyellow
 
Me ha llegado un cliente que recibió una carta documento firmada por su ex esposa y en que ella lo notifica de una audiencia por el art. 835 en juzgado de familia de Lomas de Zamora en un juicio de divorcio contradictorio, transcribiéndole el auto respectivo. Pregunta: Es válida una notificación por carta documento sin firma de letrado? Puede hacerse esto en pcia de buenos aires? Les agradezco la ayuda, porque es la primera vez que me pasa...
 #265805  por drpatin
 
Colega:
Le comento yo he notificado audiencia de div. en S.I por Carta Documento, 1º ) firmada por mi y mi cliente el amable Sr empelado del Correo se nego a enviarla argumentando que la misiva tenia que ser firmnada por la misma persona que la envia y no por ella mas el letrado. motivo por el cual imprimi 2º ) nuevamente la misiva la firmo mi cliente y la envio, el juzgado la tuvo como notificación valida y fehaciente, claro con trascripción del auto que ordena la audiencia.- Tenga presente que si recibio la misiva (firmo la entrega) es notificación fehasiente aún cuando hay juzgados que en principio no aceptan tal.-
Un gran saludo, esa es mi experiencia y huimilde opiniòn, lo que no significa que sea la ùnica ni la correcta.-
 #265825  por blueyellow
 
drpatin escribió:Colega:
Le comento yo he notificado audiencia de div. en S.I por Carta Documento, 1º ) firmada por mi y mi cliente el amable Sr empelado del Correo se nego a enviarla argumentando que la misiva tenia que ser firmnada por la misma persona que la envia y no por ella mas el letrado. motivo por el cual imprimi 2º ) nuevamente la misiva la firmo mi cliente y la envio, el juzgado la tuvo como notificación valida y fehaciente, claro con trascripción del auto que ordena la audiencia.- Tenga presente que si recibio la misiva (firmo la entrega) es notificación fehasiente aún cuando hay juzgados que en principio no aceptan tal.-
Un gran saludo, esa es mi experiencia y huimilde opiniòn, lo que no significa que sea la ùnica ni la correcta.-
Gracias mi estimado! Mi cliente no la recibió, sino una persona que trabaja con él. Así que por ahí zafamos... Gracias nuevamente por su inestimable colaboración.
 #265836  por drpatin
 
Por favor para eso estamos, permiteseme un breve consejo más, de un colega que ante la duda concurre a la fuente, esto es, preguntar en la mesa del juzgado donde tramita la causa, antento que insisto hay juzgados que en principio no tienen la CD como notificación valida, y no se confie respecto que no fue firmada por su cliente sino por su empleada, toda vez, que entre otras, fue recibida (notificada) en la dirección correcta.-
Sin más un Gran Saludo y a disposición.-