Hola! les consulto, pedí una pericial caligráfica en un ejecutivo porque me desconocieron una firma, el perito solicita adelanto para gastos, el despacho del juez dice lo siguiente:" Del pedido de adelanto para gastos, vista a las partes por cinco días. Notifíquese personalmente o por cédula (art. 135 inc.5 CPCC)"
Voy por la parte actora quien debe notificar es el perito verdad? Por otra parte que contesto en la vista? es necesario adelanto para gastos en una caligráfica? Gracias!
Voy por la parte actora quien debe notificar es el perito verdad? Por otra parte que contesto en la vista? es necesario adelanto para gastos en una caligráfica? Gracias!