Calcule sacandole los feriados y me da $3868. En realidad no se si trabajaba los feriados o no. El importe q ponga en el tlc tiene q ser exacto porq tengo miedo de haberle pifiado en un numero por andar haciendola a las apuradas. Capaz me conviene detallarlas y despues presentarlas en la liq.
El tlc me quedo asi:
INTIMO plazo de ley proceda a registrar la relación laboral que nos une y haga entrega de recibos de haberes. A tales efectos denuncio que mi real fecha de ingreso es 06/03/2008, mi real remuneración es $400 semanales, mi horario de trabajo es de 9 a 19 hs. de lunes a viernes y Sábados de 9 a 15 hs., mi categoría laboral es Administrativo A según convenio colectivo 130/75, realizando tareas de cobranza y reparto.-
En este sentido deberá contestar dentro del plazo de dos días hábiles de recibida la presente si procederá a regularizar o no la situación descripta, bajo apercibimiento de accionar judicialmente por el cobro de las multas establecidas en los arts. 8, 11, 15 de la ley 24013, art. 47 de la ley 25345.-
INTIMO plazo 48 hs. proceda a abonar diferencias de haberes en concepto de salarios, SAC primer y segundo semestre proporcionales adeudados y horas extras trabajadas para usted, a razón de una (1) hora por cada día de lunes a viernes al 50% y dos (2) horas al 100% por cada sábado, todo desde mi ingreso, con una base valor hora de $8.- que suma el total de $ xxx, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su culpa.-.
El art. 2 de la 25323 no se pone?? Lo pongo cuando me considero despedido?'
El art. 80 tambien lo pongo en el 2º tlc cuando me considero despedido??
Muchas gracias!!
"A los hombres fuertes les pasa lo que a los barriletes; se elevan cuando es mayor el viento que se opone a su ascenso." José Ingenieros