Hola foristas, en un caso de enfermedad profesional, cuando prescribe el plazo para accionar, desde que se determino la enfermedad profesional no obstante el empleado haya continuado trabajando para la empresa o desde la fecha del despido del empleado en caso de ser esta posterior a la determinacion de la enfermedad profesional.
Gracias.
Gracias.
"Capitalismo: sabemos, que vivirá más de siete vidas este sistema que privatiza sus ganancias pero tiene la amabilidad de socializar sus pérdidas, y por si fuera poco nos convence de que eso es filantropía". Eduardo Galeano