siempre tuve la misma duda: las partes debe asistir a las audiencias cuando el letrado actua en calidad de patrocinante o no hace falta?
dentro de unos dias tengo una audiencia testimonial en una causa donde actúo como patrocinante, mi idea es redactar el pliego y hacerselo firmar a mi cliente (actor) pero lei por ahi que cuando uno actua con patrocinio la parte debe asistir tambien a la audiencia para darle validez y no se si es asi. lo que pasa es que lo comparo con los pliegos que se dejan para las audiencias confesionales donde el CPC dice que la audiencia se llevará a cabo por mas que no asista la parte si es que se dejó pliego, entonces deduzco que no es necesaria la asistencia de la parte que ofrece la prueba, basta conque haya pliego, pero no se como es en el tema de las audiencias testimoniales y cuando uno actua con patrocinio no con poder, es igual?.
supongo que si la parte firma el pliego de alguna manera esta autorizando que el letrado haga esas preguntas que estan en el pliego, por lo que sería innecesario que tambien concurra. el problema se originaría si el patrocinante decide ampliar las preguntas ya que al no estar autorizado por su cliente no tendría validez, pero las preguntas del pliego si por constatarse la firma del cliente.
alguien sabe como es el tema?
dentro de unos dias tengo una audiencia testimonial en una causa donde actúo como patrocinante, mi idea es redactar el pliego y hacerselo firmar a mi cliente (actor) pero lei por ahi que cuando uno actua con patrocinio la parte debe asistir tambien a la audiencia para darle validez y no se si es asi. lo que pasa es que lo comparo con los pliegos que se dejan para las audiencias confesionales donde el CPC dice que la audiencia se llevará a cabo por mas que no asista la parte si es que se dejó pliego, entonces deduzco que no es necesaria la asistencia de la parte que ofrece la prueba, basta conque haya pliego, pero no se como es en el tema de las audiencias testimoniales y cuando uno actua con patrocinio no con poder, es igual?.
supongo que si la parte firma el pliego de alguna manera esta autorizando que el letrado haga esas preguntas que estan en el pliego, por lo que sería innecesario que tambien concurra. el problema se originaría si el patrocinante decide ampliar las preguntas ya que al no estar autorizado por su cliente no tendría validez, pero las preguntas del pliego si por constatarse la firma del cliente.
alguien sabe como es el tema?



