Tengo un cliente al que, en base a una denuncia infundada de la madre de su hijo, le dictaron una medida cautelar de prohibición de acercamiento.
Al otorgar la cautelar, el magistrado indicó que debía realizarse el diagnóstico de interacción fliar del art. 3 L 24417, designando al Cuerpo Médico Forense (CMF) para llevarlo a cabo. Preguntas:
1) El Cuerpo Interdisciplinario que menciona la ley 24417 es un cuerpo distinto al CMF? Trabaja bajo la órbita de este o es el mismo cuerpo??
2) El art. 3º dice que el juez "requerirá" el diagnóstico. Puede el juez prescindir de ese diagnóstico o es una obligación pedirlo para expedirse?
3) Considerando el mes y la proximidad de la feria, el CMF:
3.1) ¿da audiencias a la brevedad o tardan mucho?
3.2) Si no me fijan audiencia brevemente, ¿qué solicitud puedo interponer en el juzg para que se acelere el trámite?
3.3) ¿qué puedo hacer si la madre del menor no lo lleva a la 1er citación del CMF (como es posible que ocurra para dilatar el tema)?
Agradezco cualquier aporte
Al otorgar la cautelar, el magistrado indicó que debía realizarse el diagnóstico de interacción fliar del art. 3 L 24417, designando al Cuerpo Médico Forense (CMF) para llevarlo a cabo. Preguntas:
1) El Cuerpo Interdisciplinario que menciona la ley 24417 es un cuerpo distinto al CMF? Trabaja bajo la órbita de este o es el mismo cuerpo??
2) El art. 3º dice que el juez "requerirá" el diagnóstico. Puede el juez prescindir de ese diagnóstico o es una obligación pedirlo para expedirse?
3) Considerando el mes y la proximidad de la feria, el CMF:
3.1) ¿da audiencias a la brevedad o tardan mucho?
3.2) Si no me fijan audiencia brevemente, ¿qué solicitud puedo interponer en el juzg para que se acelere el trámite?
3.3) ¿qué puedo hacer si la madre del menor no lo lleva a la 1er citación del CMF (como es posible que ocurra para dilatar el tema)?
Agradezco cualquier aporte
AGDA