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  • REGIMEN DE CONCUBINATO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #278938  por docthos
 
Pato272727 escribió:Está diciendo que tiene 10 años ahi adentro y que es condómina. Además es concubina. Si fuera solo concubina no te alcanza con el desalojo. Si dice que es condomina es porque algo cree que debe haber puesto.
No es desalojo. Anda por alguna acción de derechos reales, pero eso es otro foro.
No dice que es condomina sino que supone que le corresponde el 50 por ciento concurrentemente con la hija en el dcho nacional el concubinato no otorga dchos hereditarios es mas he visto mas de una vez que no priceden ni los amparos para permitir que la concubina de toda la vida siga viviendo en la casa del concubino y no estaba ni firo este ultimo y los herederos lease hijos la sacaron como rata por tirante
 #278941  por docthos
 
Pato272727 escribió:Insisto: no se puede desalojar a quien invoca un derecho posesorio. El desalojo es para tenedores. Tampoco procede cuando hay derecho de retención (ej. si realizó mejoras).
Mira con onda pero si todo lo que se invoca es obice para no proceder a interponer acciones no solo nosostros sino los empleados judiciales se moririan de hambre porque si con solo invocar se paraliza una accion a buuuuuuuue....el que alega debe probar sos condomina, demostralo!!! para eso esta el abogado de la contraparte para puntualizar en estas falencias de defensa.
 #281367  por Pato272727
 
No te voy a contar lo facil que es truchar una prueba de posesión o peor aún de realización de mejoras. Le insiste en que promueva la acción real. Contra ella no tiene defensa. Con el desalojo puede perder tiempo y ahora que va por vía ordinaria no tiene ningun sentido. Capaz que hasta puede sacar un interdicto mas rápido.
 #281478  por E8F3I1D7
 
si realizó mejoras solo tiene dcho. a restitución de lo gastado en ellas pero, habrá que ver si eran necesarias, urgentes, voluntarias, a diferencia de las suntuarias, cada caso es particular, habrá que ver puntualmente este.- De cualquier manera la concubina no tiene vocación sucesoria salvo que el premuerto hubiera dejado un legado RESPETANDO LA LEGITIMA DE LOS HEREDEROS FORZOSOS. Para sacarla procederá el desalojo si se resiste por las buenas.-Suerte
 #281883  por Advocatus
 
Estamos de acuerdo que la concubina no tiene derechos sobre los bienes del causante, excepto que pruebe la existencia de algun tipo de sociedad comercial de hecho. Lo que no queda claro es que figura jurìdica esgrime para no retirarse de la casa. Ante la duda y en la sospecha que argumenta porque si y sin llegar a lo extremos invocados por Mantetulasa (!tan errado no esta!): apertura de la sucesión, intervencion del asesor de menores y alejamiento forzoso posterior de la intrusa.
 #281899  por Pato272727
 
Las mejoras dan derecho de retención.
La concubina nunca puede ser intrusa.
 #281927  por Advocatus
 
Pato272727

Estoy de acuerdo en el primer punto, no habìa leido la segunda pàgina. Es claro.
Cuando me referia a la intrusa, en el segundo punto, lo hacia en forma de metafora, recordando un cuento de J. L. Borges que se llamà asi.

Un abrazo
 #282829  por Veronique
 
Hola a todos, me registré en el foro al leer este tema. Yo estoy viviendo una situación parecida a la planteada por Analía. Mi papá ( que por suerte está vivito y coleando), está en una relación de concubinato con una mujer desde hace 25 años. Está divorciado de mi madre por el art 67 bis. El tema es que la casa donde viven , mi papá la compró al año y medio de la convivencia, en realidad n la compró, sino que la canjeó mano a mano con un amigo por una casa que mi viejo tomó en parte de pago por la casa de mi abuela, osea era un bien de herencia, pero en la escritura del "canje" figura como compra. Luego de muchos años de trabajar mi viejo juntó unos mangos y compro una casita que actualemnte tiene alquilada. Y ahora la quiere vender. Ya tiene el candidato, y esta mujer le reclama que ella esa casa "la hizo con él". Voy a tratar de ser objetiva..... esta mujer jamás trabajó, dejó de hacerlo cuando empezó a vivir con mi viejo, osea nunca aportó nada. Mi viejo es fletero, ella atendía el telefono de la casa y a veces le anotaba mensajes o pedidos de clientes. Pero con el tiempo mi papá se compró un celular pues descubrio que varias veces esta mujer, le pasaba "viajes" a su hijo (al cual mi vejo le habia comprado una camioneta para que trabaje, camioneta que jamas cuidó y terminó vendiendo para comprar nada). La cosa es que esta mujer quiere plata de la venta de la casa.Mi papá puede tener algun inconveniente legal para venderla? debe contar con el consentimiento de ella?
El asunto es el siguiente... no quiero ser malinterpretada con mi pregunta ... pero quiero saber cuáles son los derechos de ella en este caso, si a mi papá le llega a pasar algo. Soy una buena persona, no quiero dejarla en la calle, es una persona mayor, a pesar de que ella jamás me quizo, pero a la vez no quiero darle plata porque sé que los dos hijos se la van a sacar en una semana, como ya hicieron cuando ha cobrado retroactivos o la herencia de sus padres.Mi idea es dejarle la casa para que viva tranquila y el día que ya no esté, disponer de ella. Pero yo me veo venir que esta mujer va a hacer reclamos por la herencia.. ¿Puede hacerlos?
Gracias
 #282892  por Pato272727
 
No tiene derechos patrimoniales como concubina. El problema es que estando adentro no es tan facil sacarla porque el juicio de desalojo a veces no sirve para echar a la concubina y hay que iniciar otro tipo de juicio.

Si no tenes problemas con que viva allí deberías pedirle que te reconozca que la casa es tuya, no sea cosa que el día que muera los hijos te digan que le corresponde por haber vivido mas de 20 años.
 #283226  por Veronique
 
Gracias por la respuesta!! el tema de los 20 años me lo decís por si ella se hace cargo de los impuestos como si fuera una casa abandonada? Porque en ese caso yo pienso que con la sucesión puedo pedir de pagar los impuestos yo. (ya sé soy demasiado buena, ni me lo digan :oops: )
No sé cómo va a teerminar todo esto, yo lo que le ruego a mi viejo es que ordene sus temas personales con esta mujer. El tema es que él quiere que ella no quede en la calle, pero que a la vez no le de plata. Es muy dificil.
Nunca me metí en la vida de mi viejo, siempre respeté sus elecciones, con esta mujer trato de llevarme bien, de ser correcta, pero ella constantemente hace referencia a que se quiere casar con mi viejo porque se va a quedar en la calle. Yo una vez ( cuando me hartó) le aclaré qu eso no va a pasar que se quede tranquila, pero bueno ahora con la venta de esta otra casita se puso como loca.
Mi viejo me tiró la idea de hacer una sesión de la casa donde vive en vida, osea ponerla a mi nombre, en ese caso ¿Sería más facil desalojarla si veo que la mano se pone fea??
Muchas Gracias
 #284384  por Rafaela
 
Pero...la madre del dueño de la casa vive ahi..... Si la concubina no acredita propiedad, que les impide esperar que vaya a hacer las compras y cambiearle la cerradura????
 #284386  por Rafaela
 
Perdón... CAMBIARLE la cerradura.- (ECO: cambiarle la cerradura....cambiarle la cerradura....cambiarle la cerradura....)
 #285459  por Advocatus
 
La pensiòn y... que se de por satisfecha.