Hola, no interesa que la casa sea un bien propio de él, si existen hijos menores de por medio ( y la ley no especifica siquiera si esos hijos deben ser matrimoniales o no, lo que da lugar a que muchos sostengan que inclusive se aplica a hijos extramatrimoniales de uno de los cónyuges) y ese bien fue el último domicilio conyugal, le corresponde hacer uso del bien hasta que el menor obtenga la mayoría de edad...
Estudiá el caso es correcto lo que te manifiesto...
Respecto del nuevo inmueble por mas que lo este señando a su nombre es un bien ganancial, yo te recomendaría que la denuncia de abandono de hogar la hagas luego de que el esposo señe el inmueble, para evitar futuras discusiones en la liquidación de la sociedad conyugal respecto de la imputación de los bienes que ingresan al patrimonio conyugal luego de la separación de hecho... ( a los que suele considerarselos como de cada cónyuge aunque aun subsistía el vínculo en el momento de adquirirlo).-
Te recomiendo que leas un libro que no es muy caro (saldra $80) que trata el temde de "Regimen Patrimonial del Matrimonio" del Dr. Roveda... Es excelente y muy claro al respecto...
PROCURA LA JUSTICIA: "Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
La envidia es el homenaje que la mediocridad le rinde al talento.