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  • JUS VARIANDI Y DAÑO MORAL. CUÁNDO CONSIDERARSE DESPEDIDO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #289391  por Valeriabronst
 
Hola a todos!
Tengo un caso de daño moral por Jus variandi. Le cambiaron la jerarquía a mi cliente (paso de capitán de barco a un puesto menor) y ya intimamos a la empresa a que le devuelva el puesto originario. Ellos ya dijeron telefónicamente que van a constestar en la CD que mi cliente no tenía el puesto que reclama originariamente sino el actual, pues hace rato lo venían sacando y poniendo de un lugar a otro.
Mi cliente tiene 2 by pass hechos hace 6 meses. Las preguntas son dos:
1) una vez que me niegan la devolución del puesto que mi cliente reclama, negando que le corresponda tal jerarquía, ya puede considerarse despedido? Ya alegamos en el telegrama daño moral .
2) En vista de ello habría que especificar algo más del daño moral?(lo único que especificamos es que el mismo se generó por la degradación de las tareas y la consiguiente desvalorización de su condición profesional).

Agradezco a los expertos!
 #289571  por DAL
 
Si no revestía esa categoría, formalmente, tené mucho cuidado.

En general la regla es no precipitarse con dar por despedido a alguien, ya que rige el principio de conservación del empleo.
Sin darlo por despedido, podés iniciar la acción para el reestablecimiento, y mientras tanto vigilar muy bien que no se configure un mobbing.

Si a pesar de todo se quiere dar por despedido, me parece que es riesgoso pero deberías exponerle los riesgos y el decidir si los asume o no.

Normalmente buscamos otros incumplimientos para asegurar el caso.

Saludos!!
 #289580  por Valeriabronst
 
DAL escribió:Si no revestía esa categoría, formalmente, tené mucho cuidado.

En general la regla es no precipitarse con dar por despedido a alguien, ya que rige el principio de conservación del empleo.
Sin darlo por despedido, podés iniciar la acción para el reestablecimiento, y mientras tanto vigilar muy bien que no se configure un mobbing.

Si a pesar de todo se quiere dar por despedido, me parece que es riesgoso pero deberías exponerle los riesgos y el decidir si los asume o no.

Normalmente buscamos otros incumplimientos para asegurar el caso.

Saludos!!

Muchísimas Gracias por contestarme. La verdad ando medio perdida.
Respecto de lo que me comentas, en este caso el empleado tiene muchísimos viajes en la libreta de embarco (300 aprox) efectuados y donde figura como capitán, o sea que formalmente el embarcó con esa jerarquía. Después sobrevino el cambio por parte de la empresa. Te parece que en este caso no procede el despido indirecto?
Disculpá mi ingorancia pero con respecto al mobbing laboral, tengo entendido que es un hostigamiento del empleador. Puede ser acumulable al abuso del Jus variandi? Y en caso de mobbing que pasa con la intimación del Jus variandi si no revierte el empleador su postura?.
 #289581  por lorenam
 
Hola Vale, coincido con DAL te sugiero encontrar a la relacion laboral de tu cliente otros defectos, para evitar riesgos, de todos modos el ius variandi es causal de despido, razon por la cual deberias mediante plazo perentorio, intimar para cesar y deponer actitud restituyendo el original puesto de trabajo.
 #289583  por DAL
 
No, lo que yo me refiero es que vigiles la configuración del mobbing, para el caso de que sin darse por despedido, inicie las acciones de reestablecimiento, que son acciones judiciales. Ahí tu cliente te va a decir: Me van a volver loco!!! me van a perseguir por todos lados!!! logico, porque estaría haciendole juicio a la empresa.

Una de dos: incurren en acciones que te darán fundamento a planntear además una demanda por mobbing,
o te llaman por telefono y te dicen, mire señor, tenemos que arreglar. Tambien peude que lo despidan lisa y llanamente.

Yo creo que lo encuadraría por la ley 24013, más que como ius variandi. Pero hay que ver los tiempos, los plazos, cuanto pasó, cuanto dejó de pasar, cuanto duró en esa funcion, y fundamentalmente EL CONVENIO COLECTIVO, ya que es perfectamente posible que el convenio establezca un cargo minimo que deba tener el empleador para cumplir la funcion de capitan, o no, no conozco este convenio. O bien se preveen reemplazos transitorios en un puesto superior sin que ello implique ascenso. Todo esto te lo contesta el convenio colectivo.
Pero como lso incumplimientos no vienen solos, fijate si hay algun otro incumplimiento que te sirva para acumular y fundar un despido indirecto si eso quiere tu cliente.

Saludos!!!!
 #289584  por DAL
 
Ah, si ya abriste un post sobre el tema, unque tengas una duda distinta, seguilo en el mismo hilo, ya que si no, se pierden datos en el camino, se pierden respuestas, etc.
 #289592  por Valeriabronst
 
DAL escribió:Ah, si ya abriste un post sobre el tema, unque tengas una duda distinta, seguilo en el mismo hilo, ya que si no, se pierden datos en el camino, se pierden respuestas, etc.


De acuerdo, tenés razón es mucho más organizado seguir sobre el post anterior.

Sos muy amable en contestar. Respecto de lo que me recomendás, me diste varias puntas que no había pensado. No me gusta molestar asique espero no abusar de tus conocimientos. Si no es mucha molestia te consulto:
Si hago uso de la acción de reestablecimiento qué pasa con la intimación que efectué bajo apercibimiento de despido indirecto?
Estaría bien responder a la CD que intimo último plazo reestablezcan la jerarquía debida atento configuración de mobbing laboral?
Con respecto al reclamo por la 24.013 es una excelente idea pero ya hice la intimación por el jus variandi, asique no sé como volver los pasos atrás. Tengo entendido que no pueden existir dos causales de despido, podría reclamar la registración correcta pero sin el apercibimiento de despido indirecto o ya no tengo forma de icorporar al reclamo la 24.013?

Muchas gracias, me ayudaste muchísimo.
 #289676  por DAL
 
Es irrelevante el apercibimiento que le pusiste, no estas obligado a darte por despedido, por que lo hayas puesto como apercibimiento. Es correcto dar marcha atras, invocar la vocación de permanencia deel contrato de trabajo, y pedir reestablecimiento.

Pero ANTES de darte por despedido, tenes que tener una carta que contenga las injurias y el apercibimiento de darse por despedido. Pero este es el ultimo recurso, no el principio. A veces uno cree que debe resolver el caso en dos CD y esto no es así, es una pulseada que debe jugarse con habilidad. Yo he tenido juicios con 16 cartas mandadas, 8 por lado. Imaginate que tenes que ir actuando a medida que se desenvuelven las cosas cuidando de no pisar en falso, no meter la pata y sacar la mayor ventaja para tu cliente, con el escenario planteado ( porque magia, no se puede hacer).

Aun ahora podés intimar por la 24013, no es incompatible,
El ejercicio abusivo del ius variandi SÍ puede ser un elemento de muchos que muestre el hostigamiento de la empresa al trabajador. Hay que trabajarlo mucho eso, incluso con psicologo.
 #289733  por Valeriabronst
 
DAL escribió:Es irrelevante el apercibimiento que le pusiste, no estas obligado a darte por despedido, por que lo hayas puesto como apercibimiento. Es correcto dar marcha atras, invocar la vocación de permanencia deel contrato de trabajo, y pedir reestablecimiento.

Pero ANTES de darte por despedido, tenes que tener una carta que contenga las injurias y el apercibimiento de darse por despedido. Pero este es el ultimo recurso, no el principio. A veces uno cree que debe resolver el caso en dos CD y esto no es así, es una pulseada que debe jugarse con habilidad. Yo he tenido juicios con 16 cartas mandadas, 8 por lado. Imaginate que tenes que ir actuando a medida que se desenvuelven las cosas cuidando de no pisar en falso, no meter la pata y sacar la mayor ventaja para tu cliente, con el escenario planteado ( porque magia, no se puede hacer).

Aun ahora podés intimar por la 24013, no es incompatible,
El ejercicio abusivo del ius variandi SÍ puede ser un elemento de muchos que muestre el hostigamiento de la empresa al trabajador. Hay que trabajarlo mucho eso, incluso con psicologo.

Gracias por todos los datos que me proveés.
Voy a ver cómo encaro la contestación de la CD, voy a agregar lo del mobbing laboral y asimismo lo de la 24.013 por defectuosa registración y veré qué me contestan. Después cuento a ver cómo va marchando todo. La verdad es un tema más que complejo, es cierto que en dos Cd no se resuelve. Voy a ir con cautela y con base en el principio de buena fé y conservación del trabajo, aunque a mi cliente ya no le interese permanecer allí.
Gracias Dal, cualquier cosa estoy a tu disposición, fuiste muy generoso.
 #289832  por MORGAN
 
Fijate si le deben diferencias de sueldo, creo que en algún CCT de incluye a capitanes existe un plus interesante que casi nunca pagan.
 #289954  por Valeriabronst
 
Les comento para los que les interesa el tema en cuestión.
Ayer hablé con una abogada que tiene un posgrado en empresarial y está justamente leyendo un libro sobre jurisprudencia y Jus Variandi. Me dijo que en este caso, como hay un daño moral pero lo que fué "tocado" por la empresa no fué el sueldo, sino que sólo la jerarquía, es prácticamente imposible que me fallen a favor en un juicio por despido indirecto.
En vista de ello, decidí que mi cliente retome tareas tal cual lo intimaron y que en nuestra contestación de la CD instemos a que la empresa reestablezca la jerarquía so pena de iniciar la acción sumarísima (de reestablecimiento) que prevee el 66 LCT.
La cuestión es que esta abogada me dijo que tiene una acción sumarísima en capital federal y que ya va 9 meses, una locura...

El tema es que ahora me estoy cuestionando que si es tan difícil probar el daño moral en un juicio por despido indirecto, no pasaría lo mismo con el sumarísimo???? Sé que lo único que se discute es la existencia o no de abuso del jus variandi, pero para ello se supone que se evalúa el daño moral no es cierto? En fin, mi cliente está medio preocupado por qué pasa si perdemos el sumarísimo con las costas.