bUENAS A TODOS
TENGO UNA DUDA... A VER SI ALGUIEN ME PUEDE DAR UNA MANO.
VENCIDO EL AÑO CORRESPONDIENTE A LA RESERVA DE PUESTO, EL EMPLEADO NO NOTIFICO PRESENTARSE A PRESTAR TAREAS.
PUEDO DISOLVER EL VINCULO CONFORME EL ART. 211 SIN INDEMNIZACION. O SI O SI DEBO INDEMNIZARLO CONFORME EL ART. 212 LCT???
MILLONES DE GRACIAS
TENGO UNA DUDA... A VER SI ALGUIEN ME PUEDE DAR UNA MANO.
VENCIDO EL AÑO CORRESPONDIENTE A LA RESERVA DE PUESTO, EL EMPLEADO NO NOTIFICO PRESENTARSE A PRESTAR TAREAS.
PUEDO DISOLVER EL VINCULO CONFORME EL ART. 211 SIN INDEMNIZACION. O SI O SI DEBO INDEMNIZARLO CONFORME EL ART. 212 LCT???
MILLONES DE GRACIAS