Hola, estoy iniciandome en causas laborales y necesito de su ayuda.
Debo reclamar una indemnización por fallecimiento de un trabajador, invocando el art. 248 LCT, ocurrido hace meses atrás. En este caso el empleador ofreció abonarle a la viuda una indemnización menor a la que le correspondía. Mi duda surge respecto al primer telegrama a enviar.Debo consignar en este primer despacho telegráfico remuneración del trabajador? Su remuneración era variable y el empleador pagaba una parte en negro del salario. Es muy probable que ofrezca abonar esta indemnización menor a la que por ley le corresponde.¿ La viuda debe recibirla, firmar el recibo y reclamar luego por un segundo telegrama el pago de la diferencia? Espero su guia. Gracias
Debo reclamar una indemnización por fallecimiento de un trabajador, invocando el art. 248 LCT, ocurrido hace meses atrás. En este caso el empleador ofreció abonarle a la viuda una indemnización menor a la que le correspondía. Mi duda surge respecto al primer telegrama a enviar.Debo consignar en este primer despacho telegráfico remuneración del trabajador? Su remuneración era variable y el empleador pagaba una parte en negro del salario. Es muy probable que ofrezca abonar esta indemnización menor a la que por ley le corresponde.¿ La viuda debe recibirla, firmar el recibo y reclamar luego por un segundo telegrama el pago de la diferencia? Espero su guia. Gracias