Hola, para saber si está registrado o no, tiene que tener recibo de sueldo como manda la ley, y tu cliente tiene que saber qué ART tiene.
En el caso de no ser así, no está registrado (está en negro) y tenés que mandarle telegrama intimando al empleador a que lo registre, denunciando circunstancuias verídicas de fecha de ingreso, remuneración, etc e intimarlo a que denuncie ART atento a que tu cliente ha sufrido un accidente laboral el día.... mientras se desempeñaba en la empresa.
Pero atento, si tiene menos de 6 meses de antiguedad, ponele que hace más de 6 meses q está trabajando, para salir del período de prueba. Le podés poner 8 meses, o un año, total es en negro, y el empleador no lo va a poder comprobar.
Desp de esta intimación,(x 30 días), le mandás el telegrama considerándose despedido, si es q no contesta nada.
Le tendrás que iniciar reclamo en el SECLO (si trabaja en capital) o ministerio de trabajo y desp juicio. Pero si no hay ART, el juicio es contra el empleador.
Si tiene para pagar, reclamá, sino, intentá una mediación.
Suerte