Hola, tengo una disposición de ARBA con una multa por supuestos 97metros construidos data 2004. Se trata de un error porque la mejora no existe.
Tiene fecha de septiembre de 2008. La casa está deshabitada. Así que el cliente recién la encontró en enero 18/2009.
Para interponer recurso de reconsideración me venció el plazo de 15 días hábiles. ¿Intento igual? o lo hago mediante un simple descargo a ARBA.
¿Tiene que pagar la multa antes de interponer el recurso? No tiene para pagarla y mucho menos si está mal impuesta. En general, primero hay que pagar y después reclamar pero quería saber si había alguna manera de no pagar e interponer el recurso igual si es que de alguna manera se puede suplir el tema de la extemporaneidad.
Sino se me ocurrió hacerlo por medio de DESCARgo a la oficina administrativa que emitió la disposición. Escucho ideas. Gracias!
Tiene fecha de septiembre de 2008. La casa está deshabitada. Así que el cliente recién la encontró en enero 18/2009.
Para interponer recurso de reconsideración me venció el plazo de 15 días hábiles. ¿Intento igual? o lo hago mediante un simple descargo a ARBA.
¿Tiene que pagar la multa antes de interponer el recurso? No tiene para pagarla y mucho menos si está mal impuesta. En general, primero hay que pagar y después reclamar pero quería saber si había alguna manera de no pagar e interponer el recurso igual si es que de alguna manera se puede suplir el tema de la extemporaneidad.
Sino se me ocurrió hacerlo por medio de DESCARgo a la oficina administrativa que emitió la disposición. Escucho ideas. Gracias!
