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  • RECURSO RECONSIDERACION O DESCARGO?

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #292235  por gabrielaesteban
 
Hola, tengo una disposición de ARBA con una multa por supuestos 97metros construidos data 2004. Se trata de un error porque la mejora no existe.
Tiene fecha de septiembre de 2008. La casa está deshabitada. Así que el cliente recién la encontró en enero 18/2009.
Para interponer recurso de reconsideración me venció el plazo de 15 días hábiles. ¿Intento igual? o lo hago mediante un simple descargo a ARBA.
¿Tiene que pagar la multa antes de interponer el recurso? No tiene para pagarla y mucho menos si está mal impuesta. En general, primero hay que pagar y después reclamar pero quería saber si había alguna manera de no pagar e interponer el recurso igual si es que de alguna manera se puede suplir el tema de la extemporaneidad.

Sino se me ocurrió hacerlo por medio de DESCARgo a la oficina administrativa que emitió la disposición. Escucho ideas. Gracias! :roll:
 #296909  por Rudy
 
Por el tiempo transcurrido el recurso creo no seria viable, ya que vencio el plazo para plantearlo por mas que alege que se notifico mucho despues por no vivir en dicho lugar, yo intentaria hacer un descargo que es como una DDJJ, la cual se someterá a aprobacion luego de un determinado plazo, sujeto a inspeccion por parte de ARBA (dificil que manden a un inspector) donde probablemente (segun el caso) tenga que presentar un estudio de agrimensura. En estos pagos (La Costa) nos conocemos todos, y antes de mandarnos preguntamos a alguno que labure DENTRO de la institucion como resuelven este tema, espero tengas exitos. Mucha mierda jajaja. Rudy
 #297300  por claudiakoz
 
Hola como estan necesitaria que me ayuden con el tema de los avaluos que esta haciendo arba, tengo un cliente que le estan facturando mucho mas de lo que hay construido, y como soy nueva en el ejercicio de la profesion no se como encararlo, mi idea era interponer un recurso de reconsideracion, ante arba, el impuesto le vence el dia 7/02/09 queria saber si podrian contestar y orientarme como podria ser un escrito para efectuarlo, o de lo contrario de que otra forma podria tener una contestacion de arba para una nueva facturacion previa una visita de un inspector que determine cuanto hay edificado.
gracias claudia
 #297460  por fabiandd
 
Estimada colega:
Tal cual lo relatás, el acto administrativo es incausado y por tanto insanablemente nulo. Revisá el procedimiento fiscal en Pcia Bs As y fijate si hay alguna excepción al Solve et repete,en una de esas zafás de la multa. Atte
 #297461  por fabiandd
 
Me olvidaba: obviamente tenés que atacarlo de nulidad. En la prueba tirales la pelota a los inspectores de ARBA. Ojo, no sea cosa que el plano no coincida con lo que tenés construido. Igualmente consultá en Catastro que es el que se manda estas macanas.
 #297663  por claudiakoz
 
fabiandd escribió:Me olvidaba: obviamente tenés que atacarlo de nulidad. En la prueba tirales la pelota a los inspectores de ARBA. Ojo, no sea cosa que el plano no coincida con lo que tenés construido. Igualmente consultá en Catastro que es el que se manda estas macanas.
Fabian como tendria que presentar el escrito, tenes algun borrador para orientarme, es mi primer caso y no tengo experiencia, por eso, se dio que escriba para preguntarles
clau
 #297741  por SlightReturn
 
además de lo que te han respondido, habría que denunciar la ilegimitidad del acto. No hay supuesto de hecho para sustentar la medida, por lo que -como te dijo Fabián- el acto es nulo y debe ser revocado, más allá de que se hayan vencido los plazos para los recursos administrativos.
No hace falta un formato de escrito determinado: recordemos el principio de informalidad, siempre en favor del administrado (aunque yo tengo mi teoría respecto del administrado que tiene patrocinio legal :oops: )
 #297919  por fabiandd
 
Clau:
Tené en cuenta lo que te informa el colega que me precede respecto de la informalidad a favor del administrado.
Respecto del escrito armalo como cualquiera, fijate en el procedimiento administrativo de Bs As respecto de la nulidad y manejate con claridad en el relato de los hechos.
Atte