Hola a todos y feliz comienzo laboral!!!!
Arranco con una pregunta: En un juicio laboral en provincia de Bs.As. voy por la actora. Me contestaron demanda y de esa contestación me dieron traslado. Mi pregunta es: ese traslado es (conf. art. 29) solamente para ampliar prueba sobre hechos nuevos introducidos en la contestación de demanda, o tambien puedo contestar las negativas y aseveraciones hechas por la demandada en su contestación?
Muchas Gracias!
Arranco con una pregunta: En un juicio laboral en provincia de Bs.As. voy por la actora. Me contestaron demanda y de esa contestación me dieron traslado. Mi pregunta es: ese traslado es (conf. art. 29) solamente para ampliar prueba sobre hechos nuevos introducidos en la contestación de demanda, o tambien puedo contestar las negativas y aseveraciones hechas por la demandada en su contestación?
Muchas Gracias!
"Trabaja como si no necesitaras el dinero. Ama como si nunca te hubieran herido y Baila como si nadie te estuviera viendo"