Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Un lío terrible!!!! Necesito un planteo impecable

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #302167  por Rafaela
 
Hola! Tengo una duda sobre un caso muy complejo, y una antiguedad muy escasa.
Mi cliente trabajó tres meses y diez díaspara una metalúrgica. En ese tiempo, le pagaron en blanco con un recibo de sueldo paupérrimo, donde le hacían figuarar un cobro por quincena de pesos doscientos ochenta, aproximadamente. En realidad, estaba cobrando un promedio de mil doscientos pesos mensuales.
Mi cliente tiene escasa cultura y es bastante tosco al expresarse. No recuerda si firmó o no un contrato de trabajo y en su caso, si éste es o no por horas. Supuestamente -según la patronal- trabajaba 4 horas por día, de lunes a sábados.
He aquí lo interesante: Un mes completo trabajó en un frigorífico, donde estaban haciendo instalación de cañerías, todo trabajo de la metalúrgica. Mi cliente dice que el frigorífico le daba una tarjeta para entrar y salir, aunque parece ser que era un pase especial y no con identificación de usuario. Precisamente, porque sólo iba a necesitar entrar un tiempo, en base a este trabajo realizado para la metalúrgica y nada más. A fines de Diciembre de 2008, faltando unos días para cumplir los res meses, habla con su patron y le pide permiso para viajar quince dias fuera de la provincia. El patron se los da. Cuando vuelve, quiere reintegrarse y le dicen que fue despedido por CD. En el correo me dicen que las dos cartas que mandaron -la primera supuestamente por abandono de trabajo-, fueron devueltas por "domicilio cerrado".
En este estado de cosas mande CD diciendo que aclaren situacion laboral y que cumplan con la promesa efectuada antes de las vacaciones de blanquear completamente el salario que percibe... Fue una bomba! Respondieron que era todo mentira y que habían mandado CD en tal fecha y tal fecha y al no presentarse, había sido despedido..... Respondí que habían cometido fraude laboral y aprovechado el hecho de las vacaciones para inventar un supuesto abandono de trabajo.... UFFFFFFFFFFF!!!!! (aire)..... Consecuentemente, lo consideré injuriado y despedido por culpa de la patronal. AHORA:
Me llamaron con supuesta intencion de conciliar.... inexistente, por cierto, porque querían pagarle $500 pesos (¡Sí, quinientos!) a mi cliente y obvio que no pagar nada de honorarios, motivo por el cual estoy recontra enojada, porque me pareció un total bastardeo llamar "oferta de conciliación" a esa propuesta. Y tan enojada estoy que no me importa llevar este juicio hasta el final,pero quiero sacarles hasta el aire que respiran dentro de lo que permite la antiguedad escasa de mi cliente.... Quiero generar tantos honorarios en mi como en el profesional contrario sea posible, asi estemos durante décadas litigando.... Sé como encararlo, pero quiero "asegurar" la situación, por lo que me vendrían bárbaro los consejos de abogados siempre tan experimentados como la gran mayoría de los que postean en el Portal. Sólo para que cierta gente no se aproveche de personas con escasa cultura, a la que normalmente creen poder hacerles cualquier cosa porque total "son brutos" -obvio, pensamiento asquerosamente repudiable-
Por todo lo expuesto, de Vuestras Señorías solicito:
Iluminen mi mente y el próximo camino escolloso de litigio, aportando a mis ideas la frescura y la certeza del viejo dicho de que "cientos de cabezas piensan más que una". Así:
En primer lugar voy a demandar a la metalúrgica por un lado, individualmente a cada uno de los socios (es una sociedad de hecho), al frigorífico -invocando solidaridad arts. 29 o 30 LCT, ya veré-, pedirles multas 24.013 (mandé oportunamente telegrama a la AFIP), 25.323 -no me importa que no se acumulen, que lo diga el boga contrario-, multa art. 80, indemnizacion por antiguedad, vacaciones, 132 bis, y hasta daño moral (¿Creen que proceda?).... Con las tarjetas del frigorífico les pruebo de una que trabajaba mas de cuatro horas diarias... Sólo hay un problema....Un empleado, personal jerárquico del frigorífico, es hermano de uno de los dueños de la metalúrgica.... Tengo miedo que me truche los informes.... Como lo planteo? Sugerencias hiper bienvenidas...
Por otro lado, siendo que el frigorífico tiene que aportar una prueba fundamental, como la planilla de horarios de entradas y salidas de los empleados de la metalúrgica que se encontraban trabajando.... Me conviene demandarlo también???? Sugerencias, sugerencias, sugerencias, serán maravillosamente bienenidas.
Una duda más: si el domicilio estaba cerrado y así consta en el correo -y me lo confirman mediante informativa-, las CD, se consideran notificadas en cuanto a su contenido? No se dejó aviso de visita. O rige la jurisprudencia que dice que el empleador es responsable del medio elegido para comunicar algo?....
¿Que? ¿Ya les duele la cabeza?Ni hablar, a mí también! Tengan piedad y ayúdenme! Saludos y mil gracias por sus aportes. Rafaela.-
 #302202  por DAL
 
Ay RAfaela, vamos por partes. Te tiro dos ideas porque me estoy llendo.

La 25323 la podés reclamar, solo que reclamala subsidiariamente para el caso que el juez entienda que no prospera la 24013. Que creo que no te prospera porque cuando reclamó estaba despedido, bien o mal pero despedido.

Respecto al despido, mirá, error grosso de tu cliente. Con tres meses de antiguedad no le corresponden 15 días de vacaciones. Y claro, la patronal si se aprovechó de su buena fe de arreglarlo de palabra, pero debio arreglarlo por escrito porque no le correspondían.

Respecto del despido, que el domicilio estaba cerrado solo confirma el abandono de trabajo, en definitiva que se fue de viaje, debiendo tener que ir a trabajar.

Tu clave esta en probar que le dieron vacaciones por un periodo que no le corresponde.
Creo que no demandaría al frigorífico si me sirve mucho la prueba de las horas ( clave en tu caso), para arrancar podés empezar con una medida de asegurameitno de pruebas y pedir ya los registros de esos ingresos, porque no siendo empleados no tienen obligacion de conservarlos. Con eso resolvés hasta donde darle a fondo, y sirve como presion para la metarlúrgica.
 #302271  por Rafaela
 
Mil gracias Dal!!!! Sabia que ibas a colaborar con la causa!!!! Urgente inicio las medidas de prueba anticipada!!!! Después vemos como sigue.... Besitos y si se te ocurre algo más, dale nomás, soy toda "ojos"!
 #302969  por virgi65
 
Chicas: Yo si tengo una duda importante, mi pregunta es: la defensa de la patronal va a ser exclusivamente y re importante en este caso "el abandono de trabajo". Este Sr. no estaba totalmente en negro motivo por lo cual deberia firmar una notificacion de vacaciobes(obvio que a proposito no le hicieron firmar) o sea no es tan importante ni las hras que trabajaba ni se se apica la ley 24013 o 25353. Al no haber contestado la CD hizo abandono de trabajo (desde ya que con una maldad y abuso deleznable por parte del empleador) pero no fue a tabajar y no tenia justificacion para ello me explico?
Perdon no quiero tirar mala onda, es solo mi opinion. Mucha suerte!!!!Rafaela!! Haria de todos modos lo que pensas hacer.
 #302982  por DAL
 
Igualmente, si esta mal registrado, corresponde la aplicacion de multas, y quizá diferencias salariales si le pagaban menos de lo qeu correspondía por las horas trabajadas.
 #303014  por Rafaela
 
Había pensado lo que decís virgi. Y la verdad todavía no me puse a estudiar los arts. pertinentes de la LCT. Peri si tenían obligación de notificar los días correspondientes de vacaciones -y no lo hicieron- y tampoco le hicieron firmar cuantos días le daban ni de cuando a cuando -tampoco lo hicieron, segun mi cliente-, estamos ante otro incumplimiento a lo que dispone el orden público laboral y tal vez lo puedo usar de presunción en contra de empleador. Especialmente con la modificación al art. 9 de la LCT que introdujo la Ley 26.428, por la que quedó redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 9º — En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjuntos de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.
Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, o en apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador."
Si la medida de prueba anticipada sale bien, la mala fe del empleador quedará demostrada desde el vamos y sumado al hecho de la falta de notificación de las vacaciones.... Tal vez prospere bien. Después les cuento cómo me va. Mil gracias por su invaluable ayuda. Saluditos. Rafa.
 #303063  por virgi65
 
No tenia la modificacion del art 9 de LCT: Si pienso exactamente lo mismo que vos, va aresultar bien!! avisa!!!!Suerte! Virgi
 #303115  por DAL
 
Rafaela el problema que tenes es que a este hombre no le correspondían vacaciones, por su antiguedad, solo unos pocos días proporcionales, te diré que 3 o 4 mas o menos y no 15. Y además el empleador tiene tiempo para darlas hasta abril, por lo que lo primero que tenes que probar es que LE DIERON VACACIONES y además una licencia adicional.
 #329253  por erick12890
 
Hola a todos queria hacer una consulta tengo un caso que es nuevo para mi y queria saber si me podrian dar un alcanze al respecto, bueno es un señor que trabajo casi 20 años en una empresa metalurgica y otros 5 en otra del mismo rubro , bueno en la primera el estaba bajo el regimen de calorias y en la otra no le pagaban dicho regimen aunque le decian que si,bueno el tema es que el tiene 63 años cumplidos yo queria saber si es factible jubilarlo, porque tenia entendido que a los metalurgicos se les daba otra forma de jubilacion me decian que necesitaba 25 años de aportes y una edad de 50 años pero por alli escuche que ya no era 50 años si no 61, pero la verdad no estoy muy seguro si me podrain dar un dato para poder ya iniciarle la jubilacion de ser posible o tener que espera que tenga los 65 años de edad, muchas gracias a todos.