Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Daño por CAMA SOLAR

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #304781  por Legales
 
Foristas:
Tengo un cliente que tomo cama solar y se quemo en el antebrazo en un tamaño de 1.5 por 3 cm, de lo cual le quedaron marcas.
Ademas, esta persona por lo que me informo suele someterse a tratamientos de peeling, cosa que sensibiliza la piel.

Alguién sabe como se tasa este daño y si va por Derecho del Consumidor o directamente Civil???
Cualquier consejo es bien venido

Gracias
Karina
 #305021  por pantherax
 
En cuanto al daño deberías ver con un médico el efectivo perjuicio ocasionado y ver de pedir de una cifra razonable. Creo que el monto más importante entraría como daño moral al haberse violado la obligación del cuidado y el deber de seguridad de los profesionales a cargo. En Córdoba hubo un caso similar el año pasado, creo, y se dirimió mediante mala praxis incluyendo los rubros que te he mencionado. No te prometo encontrarlo, pero te prometo buscarlo. Saludos
 #305600  por aleuba76
 
Hola Karina.
En capital federal un solarium debe contar con un profesional médico con orientación en dermatología en forma permanente. (claro, nadie lo cumple, pero para fundar tu reclamo te va a servir)
No tengo claro si está en el código de planeamiento urbano, o en el de habilitaciones

Te cuento algo que me contó un amigo: :oops:
Existían albergues transitorios que en las habitaciones de lujo tenían cama solar, pero las tuvieron que sacar ya que cuando los iban a inspeccionar, les exigian la presencia de un médico.
Espero haberte ayudado.

Saludos
Ale

Ordenanza nº 48.455 (B. M. nº 19911)


§ Los equipos deberán estar registrados y aprobados para su uso, de acuerdo con las normas vigentes y/o que disponga la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.).

§ Los institutos y/o locales deberán contar con un profesional médico con orientación en dermatología y conocimientos en fotobiología.

§ El Ejecutivo local elaborará, mediante reglamentación, un modelo de ficha médica en la que deberán asentarse los datos personales y clínicos de los clientes. Estas fichas serán obligatorias y deberán estar firmadas por el médico interviniente.

§ El usuario deberá estar debidamente informado acerca de los riesgos potenciales de este tipo de radiaciones. Para ello, la Secretaría de Salud elaborará un modelo de folleto informativo que será impreso y distribuido en forma obligatoria por los locales o institutos regidos por la ordenanza.

§ Será obligatorio el uso de antiparras para la protección de los ojos.

§ El Ejecutivo implementará mecanismos de acreditación del personal autorizado al manejo de equipos. A tal efecto, realizará cursos de capacitación con asesoramiento de la Sociedad Argentina de Dermatología, con el otorgamiento de un certificado habilitante.

§ El Ejecutivo realizará inspecciones periódicas para verificar el correcto funcionamiento y cumplimiento de la normativa.

§ El incumplimiento de la ordenanza dará lugar a las sanciones previstas en el Régimen de Faltas.

§ A partir de la entrada en vigencia de la ordenanza, los locales habilitados tendrán un plazo de 180 días para adecuarse a la misma
http://www.defensoria.org.ar/institucio ... 650-06.doc
 #307643  por klaudia7
 
Hola Legales, es un tema complicado, YO solicitaría mediación, PERO tené en cuenta que si inicias demanda en sede civil seguramente la revisará un perito médico, por lo cual si se comprueba que tu cliente/a se realizaba peelings cosméticos va para atrás, ELLOS/AS (clientes) saben que no pueden exponerse a radiaciones UB/A sin protector solar, aúnque no se hagan ningún tratamiento hay que usar protector pra ir a la cama solar.
La info aportada por ALEUBA es muy buena.
 #312157  por alelifich
 
Igual se sabe que la cama solar no hace bien a la piel y encima si se hace peelings. No sé hasta qué punto se lo tomarían el reclamo puesto que el cliente también tiene responsabilidad en esto, puesto que sabe que se expone a un riesgo. Es casi como hacerle una demanda a una empresa tabacalera.

Estos lugares deben contar con un dermatologo para poder hacerlo. Podés encarar por ahí si es que no lo cumplieron.