en materia laboral sería que si vos como actor no contas con los recibos de sueldo solicitas se ordene a la contraria adjuntarlos al expediente, es una prueba que obviamente se encuentra en poder de la demandada y el juez ordena que se adjunte por ella, y lo debe hacer bajo apercibimiento de ser cierto los dichos del actor. otro ejemplo: los libros del art. 52 LCT que el empleador debe adjuntar no es mas ni menos que otra prueba en poder de la demandada, si no los exhibe la presuncion opera en su contra.
otro ejemplo: si en una demanda por enfermedad laboral solicitas se ordene a la contraria a que adjunte el examen preocupacional del actor (para acreditar que entraste sano) y la contraria no lo adjunta se tiene por cierto los dichos del actor, esa documentacion es otra prueba en poder de la demandada ya que vos no tenes acceso a ella.
por ultimo, si en un choque denunciaste al seguro pero no tenes la documentacion original sino solo una copia, al momento de iniciar la demanda solicitas que se ordene al seguro a adjuntar el original para acreditar que oportunamente presentaste la debida denuncia.
hay muchos casos donde podes pedir la prueba en poder de la demandada.