Soy estudiante de derecho y recientemente me he mudado a un edificio a estrenar, el hecho en cuestion es que cablevision exige -para instalar sus servicios en un edificio- un minimo de clientes que requieran del servicio de television por cable.Debido a que este requisito no se ha cumplido aun, los copropietarios que si queremos acceder al servicio, vemos negado nuestro derecho a consumir. Un profesor de la universidad me comento que existe tal derecho a consumir y que por lo tanto es posible exigirle a la empresa cablevision que realice las instalaciones correspondientes.
Conversando con un compañero de la facultad sobre este tema, el planteo que hice yo es que: con la empresa prestadora de servicio se celebraria un contrato . y todos (los que alguna vez hemos estado en la catedra de contratos) sabemos que uno de los principios que rigen la materia es LA VOLUNTAD DE LAS PARTES, por lo tanto ¿ realmente se podria exigir a cablevision la prestacion del servicio?
espero respuestas.
SERA JUSTICIA
Conversando con un compañero de la facultad sobre este tema, el planteo que hice yo es que: con la empresa prestadora de servicio se celebraria un contrato . y todos (los que alguna vez hemos estado en la catedra de contratos) sabemos que uno de los principios que rigen la materia es LA VOLUNTAD DE LAS PARTES, por lo tanto ¿ realmente se podria exigir a cablevision la prestacion del servicio?
espero respuestas.
SERA JUSTICIA