Disculpen mi ignorancia pero tengo una duda sobre como cobrar honorarios (pcia Bs As.). El tema es el siguiente:
En un juicio de alimentos (yo estoy por el alimentado) que resolvio en la audiencia. En consecuencia, solicite regulacion. El juez regulo honorarios para ambos letrados y a cargo exclusivo del alimentante. En fin, el tipo no pago, entonces le notifique la regulacion por cedula al domicilio constituido. La cedula fue recibida el 2 de febrero.-
Que debo hacer ahora? Pido se libre mandamiento?
En un juicio de alimentos (yo estoy por el alimentado) que resolvio en la audiencia. En consecuencia, solicite regulacion. El juez regulo honorarios para ambos letrados y a cargo exclusivo del alimentante. En fin, el tipo no pago, entonces le notifique la regulacion por cedula al domicilio constituido. La cedula fue recibida el 2 de febrero.-
Que debo hacer ahora? Pido se libre mandamiento?