Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • accidente de trabajo/ ART

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #309344  por sil84
 
Hola a todos! Estoy llevando adelante el asesoramiento en un empresa familiar, en la cual uno de los empleados tuvo un accidente de trabajo, hace 9 meses se esta atendiendo (todo en regla). La pregunta es: Que hago en tres meses cuando se vence el periodo de ILT???? Le envio un telegrama informando que no se continua la relacion laboral?? o Espero para tener conocimiento del porcentaje de incapacidad que le den? El tema es que el empleador se lo quiere sacar de encima cuanto antes!
 #309396  por GALA
 
Si le mandas una cd informando que no se continua con la relacion laboral, lo estarian despidiendo y deberian indemnizarlo como corresponde.- Segun la incapacidad que se le otorge sabras si puede seguir laborando o no, si cabe una reubicacion de tarea y si la empresa esta en condiciones de reubicarlo.-
 #309747  por fernando hugo
 
Ojo si deciden despedirlo por que si. Eso podría incentivar al empleado a accionar directamente contra el empleador (tu cliente) con fundamento en art 1113 C. Civil.

Saludos
 #310204  por GALA
 
Si, tene eso en cuenta, seguramente te iniciara una demanda por despido y por accidente de trabajo por el 1113.- No es tan facil despedir un trabajador con accidente de trabajo.- Suerte!
 #310693  por sil84
 
Gracias!! Entonces conviene esperar a que este el dictamen de incapacidad de la ART, y como seguramente el empleador no va a tener tareas acordes a su "nueva" capacidad, se practica el despido...